SANTIAGO.- La Corte Suprema condenó a la municipalidad de Collipulli a pagar una indemnización de $ 20.000.000 a los padres y una entonces menor de edad que sufrió un accidente en un balneario del río Malleco el 27 de enero de 2009.
En fallo unánime, los ministros Sergio Muñoz, Pedro Pierry, María Eugenia Sandoval y los abogados integrantes Jorge Lagos y Arturo Prado, rechazaron el recurso de casación en contra del fallo de la Corte de Apelaciones de Temuco, que determinó el pago a Carlos Fredes Fernández, Marisol Salazar Orellana y la hija de ambos.
La menor -de 16 años al momento del accidente- cuando se disponía a bañarse en el río Malleco recibió una descarga eléctrica producto del mal funcionamiento de una motobomba, lo que le provocó serias lesiones. El dictamen ratificó la responsabilidad del municipio por falta de servicio.
"No ha existido la infracción al artículo antes citado desde que se estableció en la causa que los daños sufridos por los actores, y cuya indemnización se ordenó, son consecuencia del funcionamiento defectuoso de la motobomba propiedad del municipio", afirma el fallo.
Éste agrega que tampoco existía "señalización que advirtiera del peligro, pese a tratarse de electricidad de alta tensión, lo que constituye falta de servicio".
"Por consiguiente, al haber acogido la demanda los jueces del grado no han incurrido en error de derecho, por lo que el recurso de casación en el fondo no puede prosperar y ha de ser desestimado", concluye.