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Acogen recurso de vecinos y municipio de Maipú por acceso a relleno sanitario

El tribunal de alzada consideró que la Comisión de Evaluación Ambiental obvió un estudio de impacto en la comuna.

24 de Abril de 2013 | 13:48 | Emol
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El Mercurio / Archivo

SANTIAGO.- La Corte de Apelaciones de Santiago acogió recursos de protección presentados por un grupo de vecinos y la Municipalidad de Maipú, en contra del fallo de la Comisión de Evaluación Ambiental que calificó favorablemente un cambio en el proyecto "Relleno sanitario Santiago Poniente ajustes al acceso vial", en Rinconada de Maipú.


En dictámenes unánimes, la Quinta Sala del tribunal de alzada acogió la acción cautelar, al considerar que el cambio en las condiciones de la obra vulnera la resolución de calificación ambiental que aprobó el relleno sanitario.


"Las medidas de mitigación no han sido cumplidas por la empresa operadora del relleno Proactiva Servicios Urbanos S.A., por lo que se le ha sancionado de manera reiterada por la autoridad, porque no ha construido el camino ofrecido y tampoco ofrece una solución a cambio", reza la resolución.


Acto seguido, el fallo sostuvo que la autoridad que dictó la resolución recurrida fue la Comisión de Evaluación Ambiental, "la que mediante una simple resolución borra lo resuelto sin tener en cuenta la forma en que se aprobó primitivamente y el tiempo transcurrido, por lo que no parece suficiente que se califique favorablemente un proyecto de esta envergadura, a través de una mera declaración que obvia un Estudio de Impacto Ambiental".


"Al haberse autorizado ahora el acceso el relleno sanitario por una vía no ofrecida ni aceptada legalmente de manera primitiva, se sigue exponiendo a la comunidad a la constante circulación de camiones recolectores de basura por el camino Rinconada que iba a ser transitorio (por mas de 10 años)", añadió.


Por lo tanto, "se hace lugar al recurso deducido a fs. 1 por Carmen del Pilar Figueroa Galleguillos, en representación de la junta de vecinos Villorrio El Maitén Rural, por lo que se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 453/2012".

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