SANTIAGO.- La Corte Suprema acogió un recurso de protección presentado en contra de resolución de la Seremi de Salud del Bío Bío que ordenó la reubicación de una mascota que –supuestamente- expelía malos olores.
El máximo tribunal resolvió que la autoridad administrativa "no tiene la facultad legal para disponer el traslado del animal (gato), sin perjuicio de las sanciones que se pueden imponer por infracciones acreditadas en un proceso previo y legalmente tramitado".
En su resolución, agrega que "la actuación deviene en ilegal y procede acoger el recurso en cuestión por haber infringido la garantía consagrada en el artículo 19 numeral 2° de la Constitución Política de la República al imponer obligación no prevista".
El gato pertenece a Trinidad Martínez, con domicilio en Talcahuano, y el problema se remonta a 2003, cuando una funcionaria de la Seremi se presentó en su hogar con el fin de realizar una visita inspectiva por malos olores, señalando en acta de inspección otorgarle un plazo de 21 días para extremar las medidas de higiene y limpieza al interior y exterior del domicilio.
Nueve años después se realizó una nueva visita, donde el funcionario manifestó que persistían los malos olores. Tras esto, se le amonestó por incumplir el plazo de 21 días que se le había otorgado para extremar las medidas de higiene y limpieza en su domicilio; además, se le dio el plazo de 24 horas para reubicar la mascota en forma definitiva.
Martínez hizo presente en el tribunal que el animal es aseado diariamente, que tenía sus vacunas al día y se encontraba clínicamente sano, acreditándolo con un certificado.
El fallo unánime de la Suprema contó con los votos de los ministros de la Tercera Sala Sergio Muñoz, Héctor Carreño y María Eugenia Sandoval, además de los abogados integrantes Jorge Baraona y Jorge Lagos.