SANTIAGO.- Este martes en el Diario Oficial fue publicada la Ley 20.681 que establece la obligación a los canales de televisión de libre recepción a transmitir la franja electoral para las elecciones primarias que se desarrollarán este domingo.
La nueva normativa establece que la propaganda electoral "sólo tendrá lugar desde el octavo hasta el tercer día anterior al de la elección primaria", es decir la franja televisiva sólo se podrá transmitir hasta el día jueves.
Para estos comicios en que se nominarán los candidatos presidenciales de la Nueva Mayoría y la Alianza, "los canales de televisión de libre recepción deberán destinar gratuitamente quince minutos diarios de sus transmisiones a propaganda electoral, los que se distribuirán en partes iguales entre los partidos o pactos que participen", establece el texto normativo.
En ese sentido, cada pacto dispondrá de 7 minutos y medio de tiempo para difundir su campaña presidencial.
"Para estos efectos, los canales de televisión determinarán, en conjunto con los partidos o pactos que participen, el horario en que se efectuarán las transmisiones. En caso de desacuerdo, la propuesta de los canales deberá ser aprobada por el Consejo Nacional de Televisión", añade.