SANTIAGO.- La Corte Suprema acogió un recurso de casación y dictó sentencia de reemplazo en la investigación por el homicidio del comunero mapuche Jaime Mendoza Collío, condenando al cabo de Carabineros Miguel Jara Muñoz a tres años de presidio por el delito de violencia innecesaria con resultado de muerte. No obstante, el máximo tribunal concedió el beneficio de la remisión condicional de la pena.
La decisión determina que Mendoza Collío murió por disparos de Carabineros, desestimando la tesis de la legítima defensa que había aplicado la Corte Marcial para absolver al uniformado.
El fallo fue adoptado en decisión dividida por los ministros Milton Juica, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito y el auditor general (s) del Ejército Roberto Reveco, y el voto en contra del abogado integrante Jorge Baraona, quien se manifestó por rechazar el recurso por considerar que los hechos se encuentran bien calificados.
En agosto del año pasado, la Corte Marcial había considerado en segunda instancia que el carabinero Miguel Jara había actuado "en legítima defensa" cuando en 2009 disparó por la espalda a Mendoza Collío, quien participaba de la toma al fundo "San Sebastián" en Ercilla, Región de La Araucanía.
Esta vez, la Corte Suprema determinó que con "las pericias no se estableció que la víctima haya portado arma de fuego", por lo que no se pudo sostener que el acusado "haya estado enfrentado a una situación que efectivamente puso en riesgo actual o inminente su vida o integridad".
La resolución añade que "el presunto delito de homicidio frustrado a carabinero en ejercicio de funciones del que habría sido víctima el acusado Jara Muñoz fue sobreseído, por cuanto no se logró establecer el origen de los impactos de perdigones en su casco, visor y chaleco antibalas. Estos mismos antecedentes descartan la necesidad racional de usar el armamento que portaba en términos de apuntar al cuerpo de un supuesto atacante".