Hernán Ramírez Rurange, ex director de la DINE.
El MercurioSANTIAGO.- La Corte de Apelaciones aumentó las condenas de los autores del secuestro con posterior homicidio del ex químico de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) Eugenio Berríos, y a quienes conformaron una asociación ilícita con el fin de asesinarlo, en 1992 en Uruguay.
En fallo dividido, los ministros de la Quinta Sala del tribunal de alzada Carlos Cerda, Gloria Ana Chevesich y la abogada integrante Teresa Álvarez confirmaron, en el aspecto de penal, la sentencia del ministro Madrid, y aumentaron los períodos de presidio.
Así el mayor (r) Arturo Silva Valdés fue condenado a una pena efectiva de 15 años y un día por su responsabilidad como autor del delito de secuestro con homicidio y 5 años y un día por asociación ilícita.
El ex jefe de la DINE general (r) Hernán Ramírez Rurange recibió una pena efectiva de 10 años y un día por su responsabilidad como autor del delito de secuestro; 10 años y un día por asociación ilícita, y absuelto de obstrucción a la justicia, mientras que el ex auditor general del Ejército Fernando Torres Silva fue condenado a 10 años y un día por su responsabilidad como autor del delito de asociación ilícita.
En el aspecto civil, la sala revocó la resolución que había acogido la demanda de indemnizaciones a favor de Fabiola Letelier del Solar y Gladys Schmeisser, pero mantuvo el pago de $20.000.000 para la sucesión representada por el querellante Gonzalo Berríos Sagredo.
El resto de las condenas de la Corte
Eugenio Covarrubias Valenzuela: 10 años y un día por su responsabilidad como autor de del delito de secuestro; 5 años y 1 día por asociación ilícita, y absuelto de su participación como encubridor de secuestro con homicidio y obstrucción a la justicia. Sin beneficios.
Jaime Torres Gacitúa: 10 años y un día por su responsabilidad como autor del delito de secuestro y 5 años y un día por asociación ilícita. Sin beneficios.
Manuel Provis Carrasco: 10 años y un día por su responsabilidad como autor del delito de secuestro y 5 años y un día por asociación ilícita. Sin beneficios.
Pablo Rodríguez Márquez: 10 años y un día por su responsabilidad como autor del delito de secuestro y 800 días por asociación ilícita. Sin beneficios.
Raúl Lillo Gutiérrez: 10 años y un día por su responsabilidad como autor del delito de secuestro y 800 días por asociación ilícita. Absuelto del cargo de obstrucción a la justicia. Sin beneficios.
Manuel Pérez Santillán: 5 años y un día por su responsabilidad como cómplice del delito de secuestro y absuelto del cargo asociación ilícita. Sin beneficios.
Tomás Casella Santos (militar uruguayo): 10 años y un día por su responsabilidad como autor del delito de secuestro y 5 años y un día asociación ilícita. Sin beneficios.
Eduardo Radaelli Copolla (militar uruguayo): 10 años y un día por su responsabilidad como autor del delito de secuestro y 800 días por asociación ilícita. Sin beneficios.
Wellington Sarli Pose (militar uruguayo): 5 años y un día por su responsabilidad como cómplice del delito de secuestro y 60 días por asociación ilícita. Sin beneficios.
Marcelo Sandoval Durán: 10 años y un día por su responsabilidad como autor del delito de secuestro, 800 días por asociación ilícita y absuelto por infracción al artículo 295 bis del Código Penal. Sin beneficios.
Nelson Román Vargas: 10 años y un día por su responsabilidad como autor del delito de secuestro, 800 días por asociación ilícita y absuelto del cargo de infracción al artículo 295 bis del Código Penal. Sin beneficios.
Enrique Ibarra Chamorro: absuelto por su responsabilidad como autor del delito de asociación ilícita.
Mario Cisternas Orellana: absuelto por su responsabilidad como autor del delito de infracción al artículo 295 bis del Código Penal.
Nelson Hernández Franco: absuelto por su responsabilidad como autor del delito de infracción al artículo 295 bis del Código Penal.
Erika Silva Morales: absuelta por su responsabilidad como autor del delito de infracción al artículo 295 bis del Código Penal.
Emilio Rojas Gómez: absuelto por su responsabilidad como autor del delito de obstrucción a la justicia.
En septiembre de 2010, el ministro Alejandro Madrid dio a conocer la resolución de la extensa sentencia en la cual condenó a los autores del secuestro con posterior homicidio del ex químico de la DINA. El magistrado acreditó en la investigación que Berríos fue ocultado para evitar que declarara en la investigación por el homicidio del ex canciller Orlando Letelier.
En su fallo estableció que los hechos ocurrieron entre los años 1991 a 1993 -cuando apareció el cuerpo en una playa- un período "de plena vigencia del orden constitucional", y que fue perpetrado por "personal militar en servicio activo de los Ejércitos de Chile y Uruguay".
Aquella vez, la pena más alta, de los 14 condenados fue para el mayor (r) Arturo Silva Valdés, condenado a una pena efectiva de 10 años y un día como autor de secuestro con homicidio y 3 años y un día por asociación ilícita.
Al ex jefe de la DINE general (r) Hernán Ramírez Rurange le dio pena efectiva de 5 años y un día por secuestro y 3 años y un día por asociación ilícita, al igual que al mayor (r) Jaime Torres Gacitúa y el brigadier (r) Manuel Provis.
Al ex director de la DINE general (r) Eugenio Covarrubias le dio 3 años y un día por secuestro y 541 días por asociación ilícita, con libertad vigilada.
Al ex auditor general del Ejército Fernando Torres Silva lo condenó a 3 años y un día por asociación ilícita y sin beneficios, y al mayor (r) Raúl Lillo a 5 años y un día por secuestro y 100 días por asociación ilícita.
Se suman los militares Pablo Rodríguez Márquez, Marcelo Sandoval y Nelson Román a 3 años y un día por secuestro y 60 días por asociación ilícita.
El ministro absolvió a todos quienes estaban procesados por obstrucción a la justicia, delito que está derogado, y por la infracción de no denunciar la asociación ilícita. Entre ellos, a Mario Cisternas, Nelson Hernández, Érika Silva y Emilio Rojas. Y el coronel (r) Enrique Ibarra, de asociación ilícita.