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Suprema mantiene fallo que negó acceso a los e-mails del ministro Larroulet

La resolución de la Corte Suprema declaró inadmisible la presentación por considerar que no se cumplieron con los requisitos formales, al no incorporarse la transcripción de la resolución impugnada o una copia de la misma.

30 de Agosto de 2013 | 12:27 | Emol

SANTIAGO.- La Corte Suprema declaró inadmisible un recurso de queja en contra de una sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que negó el acceso a los correos electrónicos del ministro secretario general de la Presidencia, Cristián Larroulet.


En fallo dividido, los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal Sergio Muñoz, Pedro Pierry, Rosa María Maggi, María Eugenia Sandoval y Lamberto Cisternas desestimaron el recurso en contra del fallo que el 23 de julio rechazó la petición.


La resolución de la Corte Suprema determinó declarar inadmisible la presentación por considerar que no se cumplieron con los requisitos formales, ya que no se incorporó la transcripción de la resolución impugnada o una copia de la misma.


El fallo señala que "por el carácter disciplinario que presenta el recurso de queja, no corresponde que este Tribunal, aun cuando cuente con acceso al texto de la sentencia en el sistema computacional, incorpore ese documento al cuaderno del recurso, porque con ello se facilita indebidamente la eventual enmienda de la resolución que se estima agraviante, que es el objetivo directo perseguido por el recurrente, en desmedro de quienes son recurridos y pueden resultar sancionados".


La decisión se adoptó con el voto en contra del ministro Sergio Muñoz quien fue partidario de acoger a tramitación el recurso de queja y pedir informe a los ministros recurridos "por cuanto si bien es cierto que el artículo 548 del Código Orgánico de Tribunales exige se transcriba o acompañe copia de la resolución (...) no lo es menos que en la actualidad los sistemas computacionales permiten a esta Corte acceder en forma directa al sistema de tramitación electrónica de las causas en todos los tribunales del país".


Agregó que "insistir en imponer el cumplimiento de formalidades, por el sólo hecho que las partes deben dar cumplimiento a lo dispuesto por la ley, sin aplicar herramientas que la propia Corporación Administrativa del Poder Judicial pone a disposición de los jueces, importa un formalismo exagerado e inadmisible por los avances de la tecnología".

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