Hernán Canales
El MercurioSANTIAGO.- El abogado de la familia de Hernán Canales (39), quien falleció la madrugada del 18 de septiembre tras ser arrollado por el vehículo que conducía el hijo del senador Carlos Larraín, restó importancia a la primera alcoholemia realizada por el Servicio Médico Legal de Parral a la víctima que arrojó que ésta tenía 2,4 gramos de alcohol por litro de sangre.
Según afirmó a Emol Gonzalo Bulnes, dicho informe "tiene relación con la autopsia falsificada", aludiendo a la realizada en primera instancia por el tanatólogo Mario Peña y Lillo, a quien el SML de Parral le abrió un sumario luego de constatarse incongruencias en el informe forense de Canales y que motivó, además, que el Ministerio Público iniciara una investigación paralela por presuntas responsabilidades y eventuales ilícitos.
"Por otro lado, el tema de fondo no es la alcoholemia, la pregunta es si Hernán pudo salvarse o no con auxilio oportuno", dijo categórico el profesional, enfatizando que "incluso si Hernán se cruzó -aunque esa versión está descartada por la evidencia física- él (Larraín) tenía la obligación de ayudarlo, pero lo dejó morir al borde del camino".
Y reafirmó: "El señor Hernán Canales fue atropellado en la berma y no en la calzada, como pretende establecer la defensa. Además, Martín Larraín tenía el deber de auxiliarlo y al dejarlo morir, comete homicidio por omisión, ya que no sólo es un deber moral, también es un deber establecido en la Ley".
Lo anterior, pretende ser ratificado por la segunda autopsia realizada al cuerpo de Canales el pasado 28 de octubre, diligencia que fue solicitada por la parte querellante y en la que participaron la perito del Servicio Médico Legal de Cauquenes, Vivian Bustos; la doctora Carmen Cerda, en representación de la parte querellada; y el médico forense Luis Ravanal, por parte de familia de la víctima.
A juicio de este último, el hombre de 39 años pudo haber sobrevivido si hubiese recibido ayuda médica oportuna, ya que -según declaró a este medio- "las lesiones halladas en el cadáver eran médicamente tratables y recuperables", descartando además que el cuerpo del sujeto haya sido intervenido con anterioridad para realizar la necropsia correspondiente, hecho por el cual el Ministerio Público abrió una causa penal.