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Corte rechaza recursos de protección de liceos emblemáticos y mantiene alza del ranking de notas

El tribunal estimó que la medida implementada por el Consejo de Rectores es "objetiva y razonable" y "no discrimina" a los alumnos de los establecimientos emblemáticos.

02 de Diciembre de 2013 | 17:52 | Emol
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Con la decisión de la Corte, se mantienen las ponderaciones que fueron informadas por las universidades en el mes de octubre.

El Mercurio

SANTIAGO.- En decisión unánime, la segunda sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó una serie de recursos de protección que presentaron distintos liceos emblemáticos de la capital, entre éstos el Instituto Nacional, para intentar frenar el alza en la ponderación del ranking de notas para el proceso de admisión 2014 a las universidades.


Los recursos fueron interpuestos por directores y alumnos de esos liceos en contra del Departamento de Evaluación Medición y Registro (DEMRE), de la Universidad de Chile, y del Consejo de Rectores (CRUCh), acusando "discriminación" y "arbitrariedad" hacia sus estudiantes. Éstos argumentaban que el mecanismo perjudicaba a sus alumnos, pues al ser establecimientos más exigentes sus notas eran más bajas.


Sin embargo, tras escuchar los argumentos de ambas partes, los ministros de la segunda sala del tribunal de alzada, Patricio Villarroel y Jessica González, y el abogado integrante Ángel Cruchaga, desestimaron el recurso, pues consideraron que "los efectos negativos que reclaman los recurrentes, no tornan ilegal ni arbitraria la medida".


Ranking "no es discriminatorio"


Según establece el fallo, "no se advierte trato discriminatorio en relación a los denominados 'colegios emblemáticos', pues la medida es general, objetiva y razonable y sólo busca reconocer una posición relativa de los alumnos en la enseñanza media en su respectivo establecimiento (…) con miras a potenciar el ingreso de los mejores alumnos y mejorar las tasas de titulación".


También afirma que la decisión adoptada por el Consejo de Rectores no es "intempestiva, sino el resultado de un proceso de estudio y reflexión", señalando que "la publicidad e información entregada a la comunidad se ajusta a los tiempos y calendario diseñados".


Asimismo, considera que "al no tener los alumnos de los establecimientos recurrentes un derecho adquirido para ingresar al nivel de educación superior (…) no existe derecho de propiedad que amparar por esta vía". A esto se agrega que "cada año las universidades adscritas al CRUCh modifican los porcentajes de los factores de selección".


De acuerdo a la Corte, el instrumento utilizado por el Consejo de Rectores "representa valores y bienes públicos, con un claro compromiso social para reconocer el mérito y el talento de los alumnos, evitando discriminaciones en el ámbito sociocultural de los postulantes".


Con esta resolución judicial, se mantienen las ponderaciones que fueron informadas en octubre pasado por las 33 universidades que integran el sistema único de admisión, desechándose aplicar las ponderaciones del año anterior, como solicitaban los establecimientos emblemáticos.


El fallo se dio a conocer justo cuando más de 271 mil estudiantes se encuentran rindiendo la primera etapa de la Prueba de Selección Universitaria (PSU).


La polémica en torno al ranking de notas se originó luego de que el Consejo de Rectores aumentara a un 10% la ponderación mínima para ese ítem, lo que provocó que la mayoría de las universidades subieran su valor, llegando a pesar un 40% en algunos planteles.


El Consejo de Rectores –en su réplica ante la Corte de Apelaciones– argumentó que las universidades tienen autonomía para decidir la forma en que seleccionan a sus estudiantes, en el marco de la libertad de enseñanza.

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