SANTIAGO.- La Corte Suprema dictó sentencia definitiva en la investigación por el delito de apremios ilegítimos en contra de Daniel García Soto, ocurrido en octubre de 1973 al interior del regimiento de Artillería de Talca.
En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal ratificó la sanción penal de 61 días de presidio, con beneficio de la remisión condicional, en contra de Jorge Esteban Zuchino Aguirre, en calidad de autor del delito de aplicación de tormento.
La instancia acogió el recurso de casación presentado y ordena al fisco pagar $25.000.000 a la víctima, como reparación de los perjuicios ocasionados por el actuar de agentes del Estado y por tratarse de un crimen de lesa humanidad imprescriptible.
De acuerdo a los antecedentes, García Soto era dirigente de la Federación de Estudiantes de la Universidad Técnica del Estado y del Centro de Alumnos del Servicio Social de la Universidad de Chile, y fue detenido el 19 de octubre de 1973 por personal de la 4ª Comisaría de Carabineros de Talca.
Posteriormente, fue trasladado a la 3ª Comisaría de esa ciudad, la que lo puso a disposición del Regimiento de Artillería de la capital maulina, lugar donde al ser interrogado recibió diversos tipos de torturas en forma reiterada, entre ellos, golpes en su cuerpo y aplicación de corriente en los oídos, sienes y genitales, siendo luego de ello trasladado a la Cárcel Pública de Talca.
A consecuencia de las torturas recibidas en el Regimiento de Artillería de Talca, la víctima padece de un trastorno de estrés post traumático, el que está estrictamente vinculado a la situación límite vivida, de detención, tortura física y sicológica.