SANTIAGO.- Que Chile sea uno de los países miembros de la OCDE con mayor gasto promedio de la población en medicamentos, debería empezar a cambiar desde ahora luego de que el Presidente Sebastián Piñera promulgara la nueva Ley Nacional de Fármacos.
En una ceremonia en La Moneda, donde estuvo acompañado por el ministros de Salud, Jaime Mañalich, el Mandatario cumplió con el último trámite para que la ley comenzara a regir.
Con esta reforma al Código Sanitario se garantiza que la población pueda acceder a medicamentos en forma oportuna, con calidad comprobada en términos de eficacia y seguridad.
"La nueva ley busca una cosa tan simple, como es que la gente pueda acceder con mayor facilidad, mayor seguridad y a menor costo a los medicamentos que necesita para proteger su salud", dijo el Presidente, destacando la gestión del ministro Mañalich para concretar la nueva legislación.
La nueva norma contempla varias iniciativas, entre ellas la creación de la Agencia Nacional de Medicamentos (Anamed); la certificación de medicamentos bioequivalentes que a la fecha ascienden a 376 y la creación del Fondo Nacional de Medicamentos vigente desde enero de este año y que financia los tratamientos de personas que padecen de enfermedades denominadas de alto costo que no son costeadas por Fonasa o las Isapres.
Todo esto enmarcado en las principales demandas de la ciudadanía: el derecho a elegir, a acceder a medicamentos de calidad, seguros y bajo costo y con plena información.
Durante la ceremonia de promulgación en Palacio, el Presidente Piñera también hizo un balance de las reformas a la Salud realizadas bajo su administración que culmina en marzo.
En esa línea, el Gobernante destacó el aumento sostenido del presupuesto en Salud, de 7 mil a 10 mil millones de dólares, el posnatal de seis meses, el fin de las cotizaciones para jubilados de bajos ingresos y el endurecimiento de la ley del tabaco, entre otras materias.
Ejes de la Ley Nacional de Fármacos
-Médicos y otros profesionales de la Salud, como dentistas y matronas, que prescriben medicamentos, están obligados a colocar en la receta, el nombre comercial del fármaco y la denominación genérica. Esto va a permitir la intercambiabilidad del producto.
-Se obliga a las farmacias a tener disponibles los medicamentos bioequivalentes aprobados por el Instituto de Salud Pública.
-Todos los fármacos deberán tener escrito el precio en su caja o envase.
-Se permite la venta de medicamentos que no requieren receta médica en las góndolas de las farmacias, como analgésicos, antigripales, antiinflamatorios, jarabes para la tos, descongestionantes y vitaminas, entre otros.
-Se autoriza la venta por unidades, con el fin de que la persona no pague de más por medicamentos que no necesita y que además quedan en la casa a riesgo de que pueda ser usado por un niño, provocando cuadros de intoxicaciones.
-En aquellos lugares donde no existan farmacias establecidas, se autoriza la venta de fármacos a través de farmacias móviles o almacenes farmacéuticos. Y en caso que estos servicios no estén instalados, se autoriza a los consultorios y hospitales de esa localidad a suministrar al público estos productos.
-En aquellos casos en que exista desabastecimiento de un determinado medicamento en el país se autoriza a Cenabast a importar directamente y adquirirlos a precios competitivos.
-Se prohíbe la canela o entrega de incentivos económicos a los dependientes de las farmacias por vender un determinado medicamento.