SANTIAGO.- Este viernes 14 de enero aparece publicada en el Diario Oficial la Ley Nacional de Medicamentos, conocida también como Ley de Fármacos, que reforma la venta y distribución de remedios en el país.
La normativa, una modificación al Código Sanitario, provocará según el Ministerio de Salud, modificaciones en la fiscalización y disponibilidad de productos, además de una baja en los valores de los remedios.
Ejes de la Ley Nacional de Fármacos
-Médicos y otros profesionales de la Salud, como dentistas y matronas, que prescriben medicamentos, están obligados a colocar en la receta, el nombre comercial del fármaco y la denominación genérica. Esto va a permitir la intercambiabilidad del producto.
-Se obliga a las farmacias a tener disponibles los medicamentos bioequivalentes aprobados por el Instituto de Salud Pública.
-Todos los fármacos deberán tener escrito el precio en su caja o envase.
-Se permite la venta de medicamentos que no requieren receta médica en las góndolas de las farmacias, como analgésicos, antigripales, antiinflamatorios, jarabes para la tos, descongestionantes y vitaminas, entre otros.
-Se autoriza la venta por unidades, con el fin de que la persona no pague de más por medicamentos que no necesita y que además quedan en la casa a riesgo de que pueda ser usado por un niño, provocando cuadros de intoxicaciones.
-En aquellos lugares donde no existan farmacias establecidas, se autoriza la venta de fármacos a través de farmacias móviles o almacenes farmacéuticos. Y en caso que estos servicios no estén instalados, se autoriza a los consultorios y hospitales de esa localidad a suministrar al público estos productos.
-En aquellos casos en que exista desabastecimiento de un determinado medicamento en el país se autoriza a Cenabast a importar directamente y adquirirlos a precios competitivos.
-Se prohíbe la canela o entrega de incentivos económicos a los dependientes de las farmacias por vender un determinado medicamento.