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Corte ordena que Fiscalía indague muerte de detenido a bordo de carro policial

Por fallo unánime, el máximo tribunal determinó que la investigación en torno al hecho ocurrido en febrero, en la ciudad de Rancagua, la realice una jurisdicción civil y no militar.

13 de Agosto de 2014 | 12:09 | Emol

SANTIAGO.- La Sala Penal de la Corte Suprema determinó que los tribunales de jurisdicción civil -y no los tribunales del fuero militar- continúen tramitando la investigación por la muerte de Jorge Aravena Navarrete (44), quien pereció al interior de un furgón policial en la ciudad de Rancagua el 17 de febrero de 2014.


En fallo unánime la Segunda Sala del máximo tribunal, integrada por los ministros Milton Juica, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito y Lamberto Cisternas, determinó que la Fiscalía Local de esa ciudad indague el proceso.


La sentencia determina que la justicia civil otorga más garantías a las víctimas en la protección de sus derechos que la justicia militar.


El fallo precisa que "la situación de la muerte de Jorge Aravena Navarrete ocurrida al interior de un furgón de la Primera Comisaría de Carabineros de Rancagua, después de permanecer allí durante horas, sin auxilio y en deficientes condiciones de ventilación y oxigenación, indica que este hecho puede ser configurativo de un delito común, atentatorio del bien jurídico vida humana independiente".

Asimismo, detalla que en este caso "no se encuentra involucrado ningún objeto jurídico de protección militar, ni hay razón alguna- sustantiva ni adjetiva- para entregar la investigación y eventual juzgamiento a la Fiscalía Militar; de contrario, en este caso existe una víctima concreta cuyos familiares tienen la legitimación para participar como actores en el proceso penal, verificándose en consecuencia los presupuestos de exclusión de la judicatura especializada".


Los ministros de la Corte Suprema determinaron que el Juzgado de Garantía de Rancagua es el competente para conocer el caso, por lo que ordenó remitir todos los antecedentes a la Fiscalía Local del Ministerio Público, "conservando el Juzgado Militar la competencia para el conocimiento de los delitos de incumplimiento de deberes militares y falsedad, eventualmente cometidos con ocasión de estos mismos hechos".

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