Martín Larraín fue sentenciado en primera instancia a 540 días de presidio remitido.
El MercurioSANTIAGO.- Por dos horas se extendieron este martes los alegatos ante la Corte de Apelaciones de Talca por el recurso de nulidad presentado por el Ministerio Público para dejar sin efecto el fallo que condenó a Martín Larraín por cuasidelito de homicidio y no por manejo en estado de ebriedad con resultado de muerte como pretendía la Fiscalía del Maule.
En la instancia, el abogado de la Unidad Jurídica de la Fiscalía, Carlos Olivos, insistió en que al momento del fatal atropello ocurrido la madrugada del 18 de septiembre -que terminó con la vida de Hernán Canales- el universitario se encontraba bajo efectos del alcohol, razón por la cual corresponde que sea condenado por ese hecho y no por el ilícito que estableció el Tribunal Oral de Cauquenes.
La resolución del tribunal de alzada, en tanto, se conocerá el próximo 12 de septiembre, instancia en que los magistrados informarán si se ratifica o no el dictamen ordenado en primera instancia, que sentenció al hijo del ex presidente de RN Carlos Larraín a la pena máxima establecida para delito por el que fue declarado culpable correspondiente a 540 días de presidio remitido.
El fallo también absolvió de los cargos de obstrucción a la investigación a los amigos de Larraín, Sofía Gaete y Sebastián Edwards, quienes acompañaban al estudiante al momento del atropello.
Sentencia
El viernes 21 de julio, el tribunal sentenció a 540 días de presidio remitido y a la suspensión de la licencia por dos años a Martín Larraín tras ser declarado culpable de cuasidelito de homicidio en relación al deceso de Hernán Canales Canales, quien fue impactado por el jeep que conducía el estudiante en un camino rural en las cercanías de Curanipe.
La pena otorgada por los sentenciadores era el máximo castigo que podía recibir Larraín ya que en el veredicto los jueces desestimaron que el universitario se encontrara en estado de ebriedad al momento de los hechos, como intentó acreditar la Fiscalía durante el juicio, por lo que el tribunal recalificó el delito.
Los jueces, sin embargo, acreditaron la responsabilidad del acusado en el fatal atropello así como la fuga del estudiante una vez que arrolló a la víctima, siendo una obligación del joven haber auxiliado al hombre que falleció en el lugar producto de las graves lesiones que sufrió.
La Fiscalía buscaba condenar a Larraín por manejo en estado de ebriedad con resultado de muerte, proponiendo una pena de 4 años de presidio. Sin embargo, y tras la recalificación de los hechos, la Fiscalía propuso la pena de 540 días de presidio remitido, lo que fue aceptado por el tribunal.