Juan Manuel Romeo Gómez fue acusado como autor de abusos sexuales y violaciones contra menores del jardín infantil de Vitacura.
El Mercurio (Archivo)SANTIAGO.- A las 13:00 horas de este lunes, la Corte de Apelaciones de Santiago dará a conocer su resolución respecto al recurso de nulidad presentado por la Fiscalía Metropolitana Oriente, que busca dejar sin efecto el fallo del Tercer Tribunal Oral en lo Penal que absolvió de todos los cargos al monitor de computación del jardín Hijitus de la Aurora acusado de abusos y violaciones contra menores.
Ello, luego de conocer los argumentos presentados por las partes el pasado 2 de septiembre, instancia, el Ministerio Público insistió en la autoría de Juan Manuel Romeo Gómez en los hechos que sustentan la acusación fiscal y que establecen que el imputado habría incurrido en conductas de connotación sexual contra niños de 3 y 5 años.
Por su parte, la defensa -encabezada por la abogada Carolina Alliende- alegó la inocencia de su representado, descartando la existencia de los hechos y enfatizando que ello fue producto de la psicosis colectiva que existía en la época de las denuncias.
Escenarios
Si la Corte de Apelaciones acoge el recurso presentado por la Fiscalía, debería realizarse un nuevo juicio, pero ante un tribunal diferente.
El proceso podría repetirse una tercera y última vez si la defensa recurre a la misma acción en caso de obtener un fallo condenatorio.
Sin embargo, si el tribunal de alzada rechaza anular el proceso, la absolución quedará firme y la inocencia de Romeo Gómez, confirmada.
Veredicto
El veredicto absolutorio se dio a conocer el pasado 24 de julio, instancia en la que los sentenciadores cuestionaron los peritajes que presentó la Fiscalía por las técnicas ya obsoletas que se utilizaron.
En la sentencia, además, el tribunal condenó a los acusadores a hacerse cargo del 60% del total de los costos del proceso, puesto que -a su juicio- el ente persecutor penal actuó con poca objetividad, no logrando sustentar la acusación contra el acusado, quien permaneció un año y medio en prisión preventiva.
El resto de las costas, según establecieron los sentenciadores, debería ser dividido en partes iguales entre el Sename y las tres familias de las presuntas víctimas.