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Caso Hijitus: Corte ratifica inocencia de monitor acusado de abusos y violación

En fallo dividido, el tribunal de alzada rechazó el recurso de la Fiscalía para dejar sin efecto el fallo que absolvió a Juan Romeo Gómez, docente del jardín Hijitus de la Aurora.

22 de Septiembre de 2014 | 14:20 | Por Andrea González Schmessane, Emol
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La Corte de Apelaciones ratificó el fallo absolutorio que dejó libre de cargos a Juan Manuel Romeo Gómez.

El Mercurio

SANTIAGO.- A firme quedó este lunes el veredicto del Tercer Tribunal Oral en lo Penal que absolvió al monitor de computación del jardín Hijitus de la Aurora, Juan Manuel Romeo Gómez, de los cargos de abuso sexual y violación contra menores, luego que la Corte de Apelaciones de Santiago ratificara dicho dictamen.


En fallo dividido, el tribunal de alzada rechazó acoger el recurso de nulidad presentado por la Fiscalía Metropolitana Oriente y los querellantes con la intención de dejar sin efecto el juicio que estimó que las evidencias vertidas en el proceso fueron insuficientes para acreditar la autoría del monitor de computación en los delitos descritos.

Tras conocer la resolución del tribunal, el abogado de corte de la Fiscalía, Nicolás Calvo, fue enfático en decir que el Ministerio Público se ajustará a lo resuelto por los jueces, argumentando que la Fiscalía recurrió de nulidad al entender que parte de la prueba presentada en el juicio, específicamente la declaración de un menor que se había pronunciado sobre hechos de los cuales habría sido víctima, no fue considerada en la sentencia absolutoria.

El veredicto se dio a conocer el pasado 24 de julio, instancia en la que los sentenciadores cuestionaron los peritajes que presentó la Fiscalía por las técnicas ya obsoletas que se utilizaron.

En la sentencia, además, el tribunal condenó a los acusadores a hacerse cargo del 60% del total de los costos del proceso, puesto que -a su juicio- el ente persecutor penal actuó con poca objetividad, no logrando sustentar la acusación contra el acusado, quien permaneció un año y medio en prisión preventiva.


El resto de las costas, según establecieron los sentenciadores, debería ser dividido en partes iguales entre el Sename y las tres familias de las presuntas víctimas.

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