La magistrada determinó la absolución de los ex oficiales del Ejército Luis Iracabal Lobo y Gustavo Latorre Vásquez, de la acusación fiscal por haber transcurrido el plazo de prescripción de la acción penal.
El fallo señala que los hechos, "son constitutivos del delito de malversación de caudales públicos, toda vez que entre los años 1995 y julio de 1998, dos funcionarios públicos que tenían a su cargo caudales o efectos públicos y que desempeñaban en los cargos de Director de FAMAE y Gerente Comercial de FAMAE (...) sustrajeron la suma de US$ 298.120,94 y US$ 298.090,94, respectivamente, dinero que deriva directamente, o que no puede sino provenir, del precio solucionado por Chile por la compra del referido material bélico, traspasando dichos fondos públicos al ámbito de su disponibilidad personal".
Sin embargo, como los hechos ocurrieron en 1995, la sentencia señala que corresponde computar el plazo de prescripción de diez años, el cual no se ha visto interrumpido porque "los enjuiciados no han incurrido en la comisión de crimen o simple delito alguno con posterioridad a los hechos por los que se los acusó".
De no estar prescrito el ilícito, los ex militares podrían haber sido sancionados con la pena de presidio mayor en su grado medio, multa, inhabilitación absoluta temporal e inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos.