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Torres del Paine: Corte ratifica fallo que acogió reparación ambiental tras incendio

En fallo unánime, el tribunal de alzada confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó al turista Rotem Singer reparar el daño ambiental causado por el siniestro que destruyó cerca de 16 mil hectáreas.

03 de Noviembre de 2014 | 10:40 | Emol
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SANTIAGO.- La Corte de Apelaciones confirmó el fallo del Noveno Juzgado Civil de Santiago que acogió demanda de reparación por daño ambiental presentada por el Consejo de Defensa del Estado en contra de un turista que provocó un incendio en el Parque Nacional Torres del Paine, en diciembre de 2011.


En fallo unánime, la Séptima Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros María Rosa Kittsteiner, Juan Antonio Poblete y Sergio Córdova (s)- ratificó la sentencia de primera instancia que ordenó a Rotem Singer reparar el daño ambiental causado por el siniestro que destruyó cerca de 16 mil hectáreas del parque ubicado en la Región de Magallanes.


En primera instancia, la magistrada Claudia Lazen, del Décimo Quinto Juzgado Civil de Santiago, determinó la responsabilidad de Singer en el incendio basándose en las pruebas aportadas por la parte demandante.


En su resolución, Lazen detalló además que el incendio se trató de "uno de los más devastadores que han ocurrido en la historia del Parque como área protegida", enfatizando que la magnitud de la tragedia "no sólo sobresale por la vasta superficie afectada, sino también por la severidad de las llamas que afectó la vegetación y los suelos".


Asimismo, estableció que producto del hecho, existe un gran impacto destructivo siendo la capacidad de recuperación del ecosistema -en estos sectores- más baja.


Por todo ello, se dispuso que Singer debe elaborar y ejecutar una línea de base post impacto del daño ambiental, esto es, un estudio que cuantifique el detalle de los componentes ambientales afectados.


También deberá reparar el bosque nativo afectado, forestando con especies nativas de Lenge, Coigüe Magallánico y Nirre y otras especies existentes en el lugar, conforme a las especificaciones técnicas de densidades, características y plazos que informe CONAF o su sucesora legal.


Junto con ello, tendrá que reparar el recurso suelo, mediante la implementación de un plan que permita recuperar las características físico-químicas y microbiota del suelo degradado por acción del fuego, conforme a las especificaciones técnicas emanadas de los servidos públicos competentes y los informes periciales que se realicen al respecto.


El fallo agrega que el sujeto, en el marco de la sentencia, deberá implementar medidas de recuperación de los hábitat de las distintas especies de avifauna que fueron desplazadas a consecuencia del fuego e implementar medidas de recuperación de las condiciones originales de las riberas y las aguas de la laguna Grey.


Por último, Rotem Singer tendrá que elaborar y ejecutar planes bianuales de seguimiento ambiental, por un periodo no inferior a 20 años, que den cuenta del estado de recuperación de los componentes ambientales afectados y medidas necesarias para la total recuperación.


La sentencia dispone, además, que el Estado de Chile puede solicitar que un tercero ejecute las acciones de reparación ambiental decretadas, en el caso que Singer no pueda hacerlo.

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