SANTIAGO.- La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección presentado en contra de la Subsecretaría de Redes Asistenciales para que continúe proporcionado tratamiento médico domiciliario a un menor de edad, afectado por una enfermedad neurológica que requiere ventilación mecánica diaria.
En fallo unánime, la Novena Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros María Soledad Melo, Ana Cienfuegos y el abogado integrante Rodrigo Asenjo– acogió la acción cautelar presentada por Zulema González para que se mantenga la asistencia ventilatoria que requiere a diario su hijo de 13 años, y no solo los días hábiles –de lunes a viernes– como dispuso la subsecretaría.
La sentencia del tribunal de alzada, de forma unánime, considera que no se encuentra justificada la limitación del beneficio, constituyendo, además, que dicha decisión es un atentado al derecho a la vida y salud física y síquica, y una clara vulneración y transgresión a la Convención Internacional de los Derechos del Niño.
Según sostiene el fallo, la decisión del organismo de disminuir las atenciones a sólo los días hábiles, excluyendo sábados, domingos y festivos, no tiene una razón clara y aceptable, considerando las condiciones particulares del menor afectado.
"No aparece justificación alguna que permita inferir que pueda o deba restringirse a sólo los días hábiles la prestación otorgada, no siendo aceptable la excusa dada de la lejanía del hogar del menor", agrega el dictamen que recalca que "de la sola lectura de los antecedentes médicos acompañados, aparece que la atención debe ser permanente y otorgada por un auxiliar paramédico entrenado para enfrentar los padecimientos y complicaciones que pudieren presentarse en el devenir cotidiano de las actividades del menor".
Por todo lo anterior, el tribunal ordena a la subsecretaría "que se otorgue, por medio de la Home asistence o la prestadora que corresponda, la atención de lunes a lunes, según lo prescrito y otorgado desde el año 2008", en relación al menor afectado.