SANTIAGO.- En dos sesiones, la Cámara de Diputados discutirá este martes y hasta su total despacho los proyectos de reforma el sistema binominal y el que establece la creación del Pacto de Unión Civil (PUC), ex Acuerdo de Vida en Pareja (AVP).
Según consta en la tabla de la corporación, la primera sesión se efectuará a partir de las 11:00 hasta las 14:00 horas y estará destinada a la iniciativa que sustituye el actual sistema electoral por uno de carácter proporcional inclusivo y fortalece la representatividad del Congreso Nacional.
La iniciativa, que se encuentra en su tercer trámite legislativo, fue aprobada la semana pasada por la Sala del Senado con varias modificaciones, en lo que fue considerado como un importante impulso para la medida ingresada por el Gobierno.
Para la Cámara de Diputados, la reforma propone el aumento de 120 a 155 diputados, mientras que en la Cámara Alta se pretende incrementar los escaños de 38 a 50.
Otro cambio importante en su paso por el Senado fue fijar el número máximo de diputados a elegir en cada distrito, el cual bajó de nueve a ocho.
En tanto, en el Senado se redistribuyó el número de representantes, rebajando de 7 a 5 el número de integrantes de la Región Metropolitana, y aumentando en uno los representantes para las regiones de Antofagasta y Los Ríos.
Pacto de Unión Civil
Para la tarde, en tanto, quedó fijada una sesión especial -a realizarse desde las 18:30 a 22:30 horas-, la cual estará abocada a la votación del proyecto que crea el Pacto de Unión Civil (PUC), ex Acuerdo de Vida en Pareja (AVP), que regula la convivencia entre parejas de igual o diferente sexo.
La medida, que se encuentra en segundo trámite constitucional, había sido despachada previamente por las Comisiones de Constitución y de Hacienda de la Cámara, donde quedó establecido que el PUC es un contrato celebrado entre dos personas que comparten un hogar, con el propósito de regular los efectos jurídicos derivados de su vida afectiva en común, de carácter estable y permanente.
Con ello, las partes se denominarán convivientes civiles y serán considerados parientes para los efectos previstos en el artículo 42 del Código Civil.
Asimismo, se aprobó la indicación que guarda relación con el cuidado de menores en caso de inhabilidad o imposibilidad de sus progenitores.
El texto deja en igualdad de condiciones tanto al cónyuge, al conviviente civil y a familiares al momento de obtener la tuición del menor, y la decisión estará a cargo de un juez de familia, que deberá considerar el "interés superior" del niño.