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Acuerdo de Unión Civil vive hoy su jornada clave para aprobación en el Congreso

El proyecto será analizado desde las 10:00 horas por el Senado, para luego ser visto por la Cámara de Diputados. De ser ratificada en ambas corporaciones, quedará a un paso de ser ley.

28 de Enero de 2015 | 11:02 | Emol
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El proyecto de AUC será revisado a partir de las 10:00 horas por la Sala del Senado.

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SANTIAGO.- Acuerdo de Unión Civil (AUC) es el nombre al que la Comisión mixta de senadores y diputados decidió colocar ayer martes al ex proyecto de Acuerdo de Vida en Pareja (AVP), que hoy vivirá una jornada clave en el Congreso con miras a su total despacho.


Así, en una sesión extraordinaria, el ahora AUC será analizado desde las 10:00 horas por la sala del Senado, para luego ser visto por la Cámara de Diputados. Tras la aprobación de ambas corporaciones, quedará en condiciones de su promulgación como ley.    


La medida pasó este martes a la Comisión Mixta, luego que la Cámara Alta rechazara los cambios introducidos por la Cámara Baja. Una de las primeras materias que zanjó dicha instancia fue precisamente el cambio de nombre del proyecto que regulará la convivencia entre parejas de igual y distinto sexo.


De esta forma, el AVP -que en una primera ocasión se denominaba Pacto de Unión Civil (PUC)- ayer fue modificado a AUC.


La denominación de PUC había generado polémica por su coincidencia con las siglas de la Pontificia Universidad Católica de Chile (PUC). Incluso, durante su tramitación, el rector de dicha casa de estudios realizó gestiones abogando porque se desestimara el nombre. Ante el nuevo cambio, organizaciones de la diversidad sexual acusaron presiones de la Iglesia Católica y de la citada autoridad.


Custodia de los hijos, matrimonios en el extranjero y disolución de acuerdo  


Otro de los puntos más debatidos fue la custodia de los hijos, donde cabe recordar que se borró a los ascendientes de lo que establecía el artículo 227 del Código Civil.


En esa línea, la Comisión Mixta acordó que en esta norma prime siempre la lógica para el magistrado de velar en primer momento por el interés superior del menor.


Según consignó la página de la Cámara, esta norma señalará que "podrá el juez, en el caso de inhabilidad física o moral de ambos padres, confiar el cuidado personal de los hijos a otra persona o personas competentes, velando primordialmente por el interés superior del niño, conforme a los criterios establecidos en el artículo 225- 2".


"En la elección de estas personas se preferirá a los consanguíneos más próximos y, en especial, a los ascendientes, al cónyuge o al conviviente civil del padre o madre, según corresponda", agrega.


La instancia también decidió reconocer como AUC en Chile a los matrimonios homosexuales contraídos en el extranjero, ya que en nuestro país no existe el matrimonio igualitario.


Finalmente, la comisión también repuso la posibilidad de disolver el AUC, pero sin considerar la propuesta de la UDI de que para poder hacerlo se estableciera al menos un año de convivencia.

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