Hugo Bravo inició un juicio laboral contra el holding por despido injustificado, exigiendo una indemnización de $2.300 millones.
Las Últimas NoticiasSANTIAGO.- El Segundo Tribunal Laboral de Santiago rechazó esta tarde indemnizar al ex gerente general de Penta, Hugo Bravo, pero condenó al holding a pagar las cotizaciones previsionales de éste. Eso sí, éstas se tratan sólo respecto a las adeudadas al trabajador en el periodo comprendido entre los meses de mayo y julio de 1987. Además, se condenó a Penta III Ltda. a pagar al demandante (Hugo Bravo) la remuneración mensual de $35.700.000 desde el 29 de Julio de 2014 y hasta que la empresa efectivamente pague las cotizaciones antes mencionadas de los meses de 1987.
Por lo tanto, la compañía controlada por Carlos Eugenio Lavín y Carlos Alberto Délano -si pagara mañana esas cotizaciones de 1987- debería cancelar a Hugo Bravo una suma de aproximadamente $250 millones.
Cabe recordar que el ex ejecutivo solicitaba una indemnización por $2.300 millones.
La resolución redactada por el juez David Gómez se entrega casi dos semanas después de los alegatos de clausura del juicio laboral iniciado por Bravo por despido injustificado, donde exigía una indemnización de $2.300 millones.
En el fallo sale textual: "Se condena a la demandada a pagar al demandante la remuneración mensual de $35.700.000 desde el 29 de julio de 2014 y hasta que se convalide el despido con el pago de las cotizaciones previsionales adeudadas, esto es las de AFP de los meses de mayo a julio de 1987". Además, se descartó que la desvinculación se haya tratado de un despido injustificado, como alegó Hugo Bravo.
Lo anterior, según el abogado de Bravo, Anderson Weldt, acredita que su representado tenía un salario de $35 millones mensuales y no de $17 millones como intentó establecer la defensa del holding durante el proceso.
Ello, fue declarado por el propio Bravo, quien en el juicio insistió que ganaba cerca de $36 millones brutos mensuales, pero ello, según precisó, no estaba reflejado en su contrato, porque el sistema de pago de remuneraciones al interior de las empresas del holding para los "ejecutivos de primera línea" tenía una particular composición.
A su vez, la parte demandada -representada por la abogada María Paz Inem- calificó como favorable el fallo del tribunal porque según detalló, los meses adeudados serían responsabilidad de Bravo y no de la empresa, ya que era él quien estaba a cargo de hacerlo.
Ahora, en tanto, los representantes de Bravo estudiarán el dictamen para establecer si existen o no vicios en el fallo y de esta manera, poder recurrir de nulidad para dejarlo sin efecto.