SANTIAGO.- La Corte Suprema ratificó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Punta Arenas que rechazó el recurso de protección presentado por la distribución del cuento infantil "Nicolás tiene 2 Papás" en establecimiento de la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji).
En fallo unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Héctor Carreño, Pedro Pierry, Rosa Egnem, María Eugenia Sandoval y Carlos Aránguiz- resolvió que los miembros de la denominada "Confraternidad de Pastores Evangélicos de la Región de Magallanes" carecen de legitimación activa para recurrir en contra de la distribución del texto.
El recurso fue presentado por el abogado Ruggero Cozzi y buscaba revocar el fallo de primera instancia que en diciembre de 2014 rechazó la solicitud respecto a la "inmediata incautación de los textos, se devolvieran al Movilh y se ordenara al Estado no distribuirlo en menores de 4 a 6 años".
En él, además, se cuestionaba que la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji) respaldara el cuento del Movilh "sin existir ningún análisis, ponderación o deliberación en torno a la conveniencia de que el Estado patrocine un texto sobre diversidad sexual en jardines infantiles".