SANTIAGO.- A principios de esta semana, el fiscal nacional, Sabas Chahuán, envió un oficio al Servicio de Impuestos Internos (SII) con 23 facturas emitidas a SQM Salar por la empresa del ex recaudador de campañas de Michelle Bachelet, Giorgio Martelli (Asesorías y Negocios SpA), por tratarse de antecedentes que pudieran tener carácter de delito.
Según la investigación del Ministerio Público, se trata de pagos que comenzaron en enero de 2012 y continuaron hasta diciembre de ese año por $8 millones, consigna "El Mercurio".
También existe registro de otro grupo de facturas, que van de enero a octubre de 2013, por $15 millones las cinco primeras, $25 millones la sexta, $16.666.000 la que sigue, y de julio en adelante por $8 millones 33 mil. En total, cerca de $246 millones.
Este es uno de los antecedentes relativos a Martelli que reseña el escrito despachado desde las oficinas de General Mackenna al organismo fiscalizador, que incluye un disco compacto con los documentos contables de SQM Salar incautados el pasado 17 de abril desde la filial de la minera.
El oficio hace alusión además a la declaración prestada, en calidad de imputada, por la contadora Clara Bensan Jofré el mismo día de la incautación en SQM Salar.
En esa entrevista, la socia mayoritaria de la empresa Asesores en Gestión Integral Limitada -firma que aparece mencionada en la denuncia del SII, de 2 de abril, con dos facturas emitidas a la minera en 2009 y 2010, por $92 millones 750 mil- reconoce que nunca prestó servicios a SQM y que fue Martelli quien le pidió extender estos documentos tributarios para recaudar fondos para la campaña presidencial Eduardo Frei en 2009. Agregó que en cada pago que recibió le entregó a él el dinero en efectivo.
Hoy 30 de abril se cumple el plazo de prescripción para delitos cometidos en el año tributario 2010 (ejercicio comercial 2009).
Si se va por la vía penal, en tanto, se aplican los plazos de prescripción común establecidos en el artículo 94 del Código Penal. Así, si se trata de una conducta castigada con una pena de simple delito el plazo es de cinco años. Si, en cambio, la conducta es sancionada con una pena de crimen, el plazo se extiende a 10 años.
Para perseguir penalmente hechos de 2009, en que el delito se materializa el año tributario 2010, puede darse interrupción del plazo de prescripción. Aunque existe cierta discusión respecto de ello, se plantean algunas vías: que se interrumpe presentada la denuncia o querella del SII o al momento de la formalización.
Se menciona que ello puede darse también si existe reiteración de la conducta, es decir, si esta se repite año a año. Por ejemplo, si en distintos períodos tributarios consecutivos la persona presenta declaración de impuestos maliciosamente falsa.