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Penta: Corte mantiene arresto domiciliario de Pablo Wagner y descarta peligrosidad

El tribunal de alzada rechazó la prisión preventiva para el ingeniero, formalizado por cohecho, lavado de activos y fraude tributario.

06 de Mayo de 2015 | 12:48 | Por Andrea González Schmessane, Emol
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El ex subsecretario Wagner fue dejado en libertad el 28 de abril pasado.

Héctor Yáñez, El Mercurio

SANTIAGO.- El ex subsecretario de minería Pablo Wagner podrá permanecer en arresto domiciliario total, luego que el martes de la semana pasada el Octavo Juzgado de Garantía le revocara la prisión preventiva tras 52 días en la cárcel.


Ello, porque este miércoles la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la medida cautelar de la ex autoridad del gobierno de Sebastián Piñera, a quien la Fiscalía Nacional le imputó los delitos de cohecho, lavado de activos y fraude tributario en el marco del denominado caso Penta.


En fallo dividido, la Cuarta Sala del tribunal de alzada si bien acreditó, en esta etapa procesal, los delitos que el Ministerio Público le atribuyó al profesional, descartó que Wagner represente un peligro para la seguridad de la sociedad como lo intentó establecer el ente persecutor penal.


Ello, porque según estimó, la medida otorgada por el juez de garantía satisface los fines del procedimiento durante la etapa de indagatoria dirigida por el fiscal nacional Sabas Chahuán.


La decisión de la Corte fue alabada por la defensa de Wagner que en sus alegatos descartó la existencia de los ilícitos de cohecho y lavado de activos, pero sí reconoció que hubo actuaciones fraudulentas en relación a delitos tributarios.

"Él (Wagner) ha realizado todas las conductas necesarias para reparar todos los perjuicios derivados de las conductas tributarias en las cuales se vio involucrado y entendemos que esta resolución de la Corte confirma lo que nosotros hemos sostenido y reafirma el criterio del tribunal de garantía", detalló el abogado Gonzalo Medina.

Por su parte, el fiscal Pablo Norambuena destacó el voto de minoría, ya que éste "establece que la medida cautelar debido a la gravedad de las conductas y la alta función pública desempeñada por el imputado, era la prisión preventiva" sostenida en estrado por el Ministerio Público.

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