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Amnistía Internacional rechaza rebaja de condena de carabinero en caso Manuel Gutiérrez

El estudiante de 16 años perdió la vida cuando estaba mirando una manifestación convocada, recibiendo un disparo del entonces sargento Manuel Millacura.

27 de Mayo de 2015 | 22:41 | Aton
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Miguel Millacura durante el peritaje balístico por la muerte de Manuel Gutiérrez.

Harold Castillo, El Mercurio

SANTIAGO.- Amnistía Internacional recibió "con profunda preocupación" la reciente sentencia de la Corte Marcial de Santiago que redujo sustancialmente la condena al funcionario de Carabineros responsable de la muerte del joven de 16 años, Manuel Gutiérrez, en agosto de 2011.


Gutiérrez perdió la vida cuando estaba mirando, junto a su hermano y un amigo, una manifestación convocada por la Central Unitaria de Trabajadores. El entonces sargento Manuel Millacura disparó al aire, la bala rebotó en una pasarela e impactó al menor, causándole la muerte.

El pasado 7 de mayo, la Corte Marcial redujo la condena inicial de tres años y un día, dictada por un tribunal militar de primera instancia, a 400 días de pena remitida por considerar que los hechos no demuestran el propósito de impactar en una persona y, consecuentemente, constituyen un "cuasidelito de homicidio".

De acuerdo a la legislación vigente en Chile, las violaciones a derechos humanos cometidas por funcionarios policiales (Carabineros) son conocidas por tribunales militares.

"Dada la composición de estos tribunales –principalmente miembros de mandos militares sujetos a jerarquía institucional- la independencia e imparcialidad de dichos tribunales ha sido cuestionada por diversos mecanismos internacionales de derechos humanos", declaró Amnistía Internacional.

"Preocupa a Amnistía Internacional que la rebaja de la condena en el caso de la muerte de Manuel Gutiérrez pueda deberse precisamente a estas falencias. Más aún, resulta de preocupación la señal que esto está mandando a la sociedad y a Carabineros, ya que daría a entender que el innecesario y excesivo uso de la fuerza no es debidamente sancionado y que estos actos podrían quedar en la impunidad", añadió el organismo internacional.

"Las fuerzas del orden tienen el deber de proteger la vida y la seguridad de las personas. Al llevar a cabo estas labores deben, en la medida de lo posible, utilizar medios no violentos antes de recurrir al uso de la fuerza. Se debe considerar utilizar la fuerza únicamente bajo razones apremiantes, tales como la protección de la seguridad pública o la prevención de un delito. Cualquier uso de la fuerza debe ser estrictamente necesario y solo en la medida requerida", agregó Amnistía.

También señaló que "la decisión de la Corte Marcial resulta más preocupante aun ante acontecimientos recientes en que nuevamente se ha hecho uso de la fuerza de forma innecesaria y excesiva aparentemente a manos de funcionarios de Carabineros. El pasado 21 de mayo dos jóvenes resultaron gravemente heridos, uno de ellos continúa en riesgo vital, tras una serie de protestas en Valparaíso. De la información recibida, investigaciones han sido abiertas en ambos casos".

"Amnistía Internacional da la bienvenida a las declaraciones de las autoridades a favor de que en al menos el caso del joven cuya vida sigue en riesgo, la investigación se mantendrá en sede ordinaria", añadió.


"Amnistía Internacional reitera al Estado de Chile que, en cumplimiento de sus obligaciones internacionales, no solo debe avanzar en una pronta reforma legal a la jurisdicción militar, sino que también debe velar porque todos los casos de violaciones de derechos humanos, incluyendo aquellos de uso excesivo de la fuerza por parte de funcionarios del orden, sean debidamente investigados y juzgados por tribunales ordinarios", concluyó.

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