BRUSELAS/LUXEMBURGO.- Un abogado del Tribunal de Justicia de la UE rechazó hoy la impugnación de las empresas de telecomunicaciones Telefónica 02, T-Mobile, Vodafone y Orange contra el recorte de hasta un 70 por ciento de las tarifas por el uso del teléfono móvil en el extranjero ("roaming"), una norma aprobada por la UE en 2007.
El abogado general del alto tribunal de la UE, Miguel Poiares Maduro, especifica en su opinión que es lícita esa sustancial rebaja en el precio de las llamadas.
Las cuatro empresas habían presentado recurso contra la decisión, alegando que la imposición de unas tarifas mínimas por el "roaming" es contraria a las normas de la UE.
Poiares Maduro respondía de esta manera a una pregunta formulada por los Tribunales Supremos de Inglaterra y Gales, donde las cuatro empresas rechazaron la obligación de imponer un "techo máximo" a las llamadas en "roaming", o itinerancia.
Según Telefónica 02, Orange, Vodafone y TMobile, la UE violó las normas comunitarias en materia de subsidiariedad y/o proporcionalidad al fijar unos límites máximos por las llamadas recibidas y realizadas por un ciudadano cuando viaja al extranjero y usa otra red teléfonica diferente a la del país del origen.
Dado que la opinión de Poiares Maduro no es vinculante para el Tribunal de Justicia (se trata de una sugerencia jurídica), toca esperar a que los jueces de esa institución pronuncien una sentencia definitiva.
Normalmente, los jueces del alto tribunal europeo suelen confirmar -hasta en un 80 por ciento- las recomendaciones del abogado general, según recoge la jurisprudencia.
Los 27 socios de la Unión Europea aprobaron en junio de 2007 una rebaja de precios de hasta el 70 por ciento en las llamadas de teléfono móvil en itinerancia entre los países de la UE.
El reglamento de la UE forzaba a las compañías del sector a que los costes para un consumidor que llame por móvil desde un país de la UE distinto al suyo no sobrepasase los 49 céntimos por minuto en 2007, 46 céntimos en 2008, y 43 céntimos en 2009 (sin el IVA).