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Tribunal de UE impide patentar métodos científicos que destruyan al embrión

La corte de Luxemburgo se pronunció así sobre el litigio que enfrentaba al científico alemán Olivier Brüstle y a la organización ecologista Greenpeace .

18 de Octubre de 2011 | 06:16 | EFE

BRUSELAS.- El Tribunal de Justicia de la UE dictaminó hoy que no es posible patentar aquellos procedimientos científicos destinados a obtener células madre que impliquen la destrucción del embrión humano, incluso si éste se encuentra en fases tempranas de su desarrollo.

La corte de Luxemburgo se pronunció así sobre el litigio que enfrentaba al científico alemán Olivier Brüstle y a la organización ecologista Greenpeace por la validez de una patente para obtener células progenitoras a partir de células madre embrionarias humanas, según ha informado el Tribunal en un comunicado.

La máxima instancia judicial de la UE estableció que no es patentable un procedimiento que emplea la extracción de células madre obtenidas a partir de un embrión humano en el estadio de blastocisto -4 o 5 días después de la fecundación-, ya que éste "implica la destrucción del embrión".

La utilización de embriones humanos "con fines terapéuticos o de diagnóstico que se aplica y que es útil al embrión puede ser objeto de patente, pero su utilización con fines de investigación científica no es patentable", señala el Tribunal.

El caso llegó a la corte de Luxemburgo remitido por un tribunal alemán, que cuestionó cómo interpretar la legislación comunitaria sobre protección jurídica de las invenciones tecnológicas.

En concreto, los jueces alemanes preguntaron al Tribunal de la UE si el impedimento de patentar procedimientos relacionados con el embrión humano afecta a todos los estadios de la vida a partir de la fecundación del óvulo o si deben cumplirse otros requisitos, por ejemplo que se haya alcanzado un determinado nivel de desarrollo.

El Tribunal de la UE señala que la interpretación "no ha de abordar cuestiones de naturaleza médica o ética", sino entenderse en modo "amplio", por lo que deberá considerarse como "embrión humano" a todo óvulo humano a partir de la fecundación.

En su sentencia de hoy, el Tribunal establece que una invención "no puede ser patentable cuando la aplicación del procedimiento requiera la destrucción previa de embriones humanos o su utilización como materia prima".

La normativa europea, no obstante, permite que se patenten procedimientos científicos con aplicación industrial o comercial que empleen embriones humanos con fines terapéuticos o de diagnóstico, por ejemplo, para corregir una malformación y mejorar la esperanza de vida.

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