SANTIAGO.- El general en retiro Joaquín Lagos Osorio, ex jefe de la división Antofagasta del Ejército, responsabilizó directamente al ex Mandatario chileno Augusto Pinochet por los crímenes cometidos por la "Caravana de la Muerte" en octubre de 1973 en su jurisdicción.
En declaraciones a Televisión Nacional, Lagos afirmó que la comitiva militar presidida por el general Sergio Arellano Stark que pasó por la zona en los primeros días de octubre de 1973 asesinó a 14 prisioneros "a sus espaldas", tras lo cual Pinochet le pidió que se responsabilizara de los crímenes.
De este modo, el general Lagos salió al paso de las declaraciones del ex gobernante militar, quien culpó a sus subordinados de las ejecuciones en el interrogatorio que le hizo el juez Juan Guzmán el martes pasado.
En la ocasión, Pinochet reconoció al magistrado, que instruye el caso, que Arellano viajó como "delegado especial" suyo para "acelerar los procesos judiciales" de los presos políticos, pero negó haber ordenado fusilar gente y no entregar sus cuerpos.
"Yo no soy ningún criminal, por lo demás, los encargados de los procesos de las personas detenidas eran los comandantes de las respectivas guarniciones", afirmó Pinochet el martes.
Carmen Hertz deslinda responsabilidad de general (r) Lagos
En tanto, la abogada Carmen Hertz, querellante en el caso denominado "Caravana de la Muerte", rechazó las declaraciones del senador vitalicio Augusto Pinochet hechas al ministro Juan Guzmán en el interrogatorio que le hizo el pasado martes.
Para la profesional, tal afirmación constituye una "aberración jurídica" por cuanto el artículo 74 del Código de Justicia Militar señala que al comandante en Jefe del Ejército le corresponde el ejercicio pleno de la jurisdicción militar y que esa misma norma ordena que, en caso de delitos, esa misma autoridad debe ordenarle al fiscal militar enjuiciar a los individuos responsables del ilícito.
A su juicio, el comandante en Jefe del Ejército es depositario, en tiempo de guerra, de las atribuciones disciplinarias, jurisdiccionales, legislativas y administrativas.
"Todas estas atribuciones excepcionales se le depositan al comandante en Jefe del Ejército, en tiempo de guerra. El legislador le da atribuciones, en tiempo de guerra, que en tiempo de paz no las tiene ni siquiera el Presidente de la República", argumentó.