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Corte de Apelaciones revocó cargos a procesados en caso Villa Grimaldi

Sin embargo, el tribunal de alzada mantuvo los autos de procesamiento dictados por el ministro de fuero Juan Guzmán Tapia, por los secuestros calificados cometidos en el marco del mismo caso.

21 de Septiembre de 2001 | 17:17 | Agencias
SANTIAGO.- La Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago resolvió hoy, de oficio, revocar los cargos de asociación ilícita y homicidio calificado dictados contra cinco ex agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) en el marco del caso Villa Grimaldi, por considerar que dichos delitos están prescritos.

Por dos votos contra uno, el tribunal de alzada capitalino mantuvo, sin embargo, los autos de procesamiento dictados por el ministro de fuero Juan Guzmán Tapia, por los secuestros calificados cometidos en el marco del mismo caso del recinto de Peñalolén que funcionó como centro de reclusión durante el Gobierno Militar.

En el caso del brigadier (r) Miguel Krassnoff y el civil Osvaldo Romo Mena, la Corte revocó cinco de los once secuestros por los que originalmente fueron encausados el pasado 9 de julio; y al coronel (r) Marcelo Moren Brito le fueron anulados seis.

En tanto, el tribunal mantuvo todos los encausamientos por secuestro calificado dictados contra el general (r) Manuel Contreras Sepúlveda y suboficial (r) Basclay Zapata.

El voto de mayoría fue de los ministros Rubén Ballesteros y Rosa María Maggi. El magistrado Raimundo Díaz estuvo por revocar por completo los procesamientos a todos los encausados, fundamentando su decisión en que los hechos están amnistiados y, también, prescritos.

Dice el voto de minoría de Díaz que "se trata de querellas interpuestas en contra de los mismos inculpados de unos mismos hechos cometidos en un mismo carácter de reiterados y seguidos igualmente ambos procesos en relación a la desaparición de las mismas personas".

Mientras, los ministros Ballesteros y Maggi revocaron el cargo de asociación ilícita por prescripción y no por Amnistía ni por inexistencia del delito, el magistrado Díaz apuntó en su voto que "la pertenencia de los procesados (a la DINA) aparece como consecuencia única del carácter público institucional de los mismos".

El cargo de homicidio que fue anulado a los cinco ex agentes corresponde a lo ocurrido con el militante de izquierda Juan Carlos Menanteau Aceituno.

Cabe recordar que fue la defensa del brigadier (r) Miguel Krassnoff Marchenko quien había presentado la apelación al auto de procesamiento dictado por el juez Juan Guzmán el mismo día que se sobreseyó a Pinochet.

Durante los meses que el fallo permaneció en acuerdo, se especuló respecto a la posibilidad de que la sala anulara algunos de los cargos a Krassnoff, pero la resolución sorprendió hoy pues la Corte actuó de oficio respecto a los otros procesados, es decir, sin que mediara una presentación jurídica en tal sentido.

Esto, en el caso de los cargos por asociación ilícita, "ante la evidencia de la concurrencia de una causal de extinción de la responsabilidad criminal, que les favorece" a los otros procesados.
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