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Suprema autoriza solicitud de extradición de Mauricio Hernández Norambuena

Justicia acogió solicitud del ministro Hugo Dolmetsch, quien investiga el asesinato del senador UDI Jaime Guzmán y el secuestro del empresario Cristián Edwards, para que el frentista cumpla sus condenas en Chile.

30 de Mayo de 2002 | 12:37 | Carolina Valenzuela, EMOL
SANTIAGO.- La Segunda Sala Penal de la Corte Suprema autorizó la solicitud de extradición activa desde Brasil del frentista Mauricio Hernández Norambuena, para que cumpla en Chile las condenas judiciales por el asesinato del senador UDI Jaime Guzmán y el secuestro del empresario Cristián Edwards.

Actualmente, Hernández Norambuena, conocido como el comandante Ramiro, está detenido en Brasil por el secuestro del publicista Washington Olivetto, en diciembre de 2001.

La decisión, tomada por unanimidad por los ministros Alberto Chaigneau, Enrique Cury, José Luis Pérez, Milton Juica y Nibaldo Segura, será dirigida de oficio a la Cancillería para que se apliquen las diligencias diplomáticas que corresponden con el objetivo de hacer efectiva la solicitud de extradición.

La Corte consideró que Hernández Norambuena es "responsable criminalmente como autor de delitos de carácter terrorista", luego de escuchar los alegatos del abogado del Ministerio del Interior Jorge Morales y un representante del Consejo de Defensa del Estado. Ningún abogado acudió en defensa del frentista.

La solicitud de extradición hoy aprobada fue pedida por el ministro Hugo Dolmetsch, quien sustancia la investigación por la muerte del senador Jaime Guzmán y por el secuestro del empresario Cristián Edwards.

En abril pasado, el mismo tribunal desestimó pedir la extradición a Brasil para que el comandante Ramiro fuera juzgado por la fuga en helicóptero desde la Cárcel de Alta Seguridad (CAS), en 1996.

Dicho requerimiento había emanado del ministro en visita Lamberto Cisternas, quien encausó a Hernández por asociación ilícita y quebrantamiento de condena.

En esa oportunidad, la corte consideró que las pruebas acumuladas en la investigación de Cisternas, referidas al delito de cooperación de la fuga, no permitían incriminar a quienes se escaparon de la cárcel.

La Sala determinó además que no procedía el encausamiento por quebrantamiento de condena, puesto que es un delito de baja penalidad y por ende no ameritaba la extradición.

Al ser consultado por la resolución, el ministro del Interior, José Miguel Insulza, brevemente señalo que "me parece bien", y declinó hacer más comentarios.
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