Una nueva justicia
Con el comienzo del siglo XXI el Estado chileno
emprendió una renovación que afecta a muchas de sus
instituciones, siendo una de ellas el Poder Judicial, con la denominada
Reforma Procesal Penal, la cual entró en pleno funcionamiento
el día 16 de junio de 2005 en la Región Metropolitana.
A través de este cambio se ha buscado la
modernización y la aceleración de los trámites
que se ejecutan a través de esta judicatura, incluyendo para
ello aspectos relacionados con los derechos humanos y con las necesidades
sociales, políticas y culturales del país.
La Reforma Procesal Penal viene entonces a reemplazar
el antiguo sistema de justicia que data del siglo XIX, el cuál
operaba bajo los esquemas de acusación, secreto y decisiones
unipersonales, es decir, en manos de un sólo juez.
Así, desde el momento de su instauración,
en el año 2000 en las regiones IV y IX el nuevo esquema de
hacer justicia incorporó varios aspectos, entre ellos la
eliminación de la "congestión" que ocurría
en los juzgados, para lo cual se creó el Ministerio
Público, encargado de la persecución penal y que
junto con la Defensoría
Pública, que actúa como abogado de aquellas personas
que carezcan de ello, participarán durante el proceso de
investigación.
El nuevo esquema judicial considera la participación
de un fiscal, el
cual tendrá la misión de aportar las pruebas necesarias
para iniciar una acusación formal en contra del imputado
e iniciar el denominado Juicio
Oral, en donde tanto la fiscalía como la defensoría
presentan sus argumentos y cargos frente al Tribunal Colegiado,
integrado por tres jueces, que al momento del juicio, no poseen
conocimiento alguno del proceso a discutir.
Con objeto de propender al éxito en la implementación
de la Reforma, se estableció un sistema gradual para su entrada
en vigencia, el cual supuso un sistema escalonado en tiempo, dándose
inicio el año 2000 en las IV y IX regiones; la II, III, VII
en el 2001; I, XI y XII regiones en el 2002; en diciembre del 2003
se inició en la V, VI, VIII, X, concluyendo el 2005 en la
Región Metropolitana.
En conclusión, la Reforma Procesal Penal
permite la separación de las funciones de investigar y juzgar
en órganos distintos. La investigación, a contar de
ahora, estará en manos de los fiscales, los que pertenecen
al Ministerio Público.
Mientras la función de juzgar se mantiene en el Poder Judicial,
pero con sistemas más ágiles, abreviados y con un
juicio oral y público.
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