Héctor Aravena, El Mercurio
SANTIAGO.- En los últimos días se sumó una preocupación creciente entre los empresarios. Se trata del impacto y alcance que eventualmente pueda tener una querella por apropiación indebida presentada recientemente sobre nueve de las principales empresas del país y sus directorios, por sus aportes económicos al financiamiento de campañas políticas.
La acción legal fue presentada el pasado 16 de junio por los abogados Óscar Gajardo y Bárbara Salinas, en representación de accionistas minoritarios, indica hoy
"El Mercurio".La querella está dirigida contra las empresas y sus directores, representantes de algunos de los principales grupos económicos:
Antarchile y Copec (Roberto Angelini) LAN (Ignacio Cueto), Banco de Chile y Quiñenco (Andrónico Luksic), Cencosud (Horst Paulmann), Falabella (Carlo Solari y José Luis del Río) y Enersis.
Los abogados Gajardo y Salinas -que han representado a accionistas en otros casos emblemáticos, como La Polar- objetan los recursos destinados al financiamiento de políticos. Consideran que estos aportes no buscan el interés social de las propias compañías y de sus accionistas, no se enmarcan dentro de sus objetivos, no generan beneficios para los accionistas y contravienen el rol de los directores. En síntesis, que vulneran la Ley de Sociedades Anónimas.
En este marco, la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) descartó que los aportes de empresas a políticos, hechos en el ámbito de la ley, infrinjan la Ley de S.A. y vulneren los intereses de las compañías y sus accionistas.
El pronunciamiento de la SVS está contenido en un oficio que el regulador emitió este martes en respuesta a una denuncia formal que le presentó un accionista minoritario de la ciudad de Antofagasta.
En ella, esta persona objeta a las empresas eléctricas de Arica (Emelari), Iquique (Eliqsa) y Antofagasta (Elecda), filiales del grupo CGE, que habrían "efectuado donaciones con fines políticos que le habrían producido un eventual perjuicio patrimonial".
"De los antecedentes incluidos en su presentación, no se desprenden elementos que configuren un incumplimiento de la normativa aplicable a las Sociedades Anónimas (Ley 18.046 y su Reglamento), por cuanto la actuación de la administración de la compañía (...) no estaría vulnerando el interés social al aprobar gastos cumpliendo con las formalidades vigentes del citado cuerpo legal", señala la respuesta de la SVS.
La querella fue declarada admisible por el 7° Juzgado de Garantía de Santiago, lo que terminó por encender las alarmas en el empresariado: las penas por apropiación indebida contemplan hasta 5 años de cárcel más una multa a beneficio fiscal.
Es así que representantes del empresariado manifestaron directamente su preocupación por este tema a altas autoridades de gobierno, según confirmaron fuentes del sector privado y del Ejecutivo.