SANTIAGO.- El director del Servicio de Impuestos Internos (SII), Fernando Barraza, afirmó hoy que la introducción de una norma general antielusión en Chile, como miembro de la OCDE, constituye una exigencia para cumplir las mejores prácticas internacionales en materias impositivas.
Asimismo, precisó que la iniciativa no tiene un fin recaudatorio, sino que busca prevenir y controlar la obtención de ventajas tributarias indebidas por parte de algunos contribuyentes y aseguró que tendrá una aplicación prudencial.
El personero expuso en el Seminario Internacional "Aplicación de la Norma General Antielusión, Experiencia Comparada", actividad organizada por el SII en el Centro Cultural Palacio La Moneda, que contó con la participación de destacados expositores extranjeros y que fue inaugurada por el subsecretario de Hacienda, Alejandro Micco.
En su intervención, el director del organismo fiscalizador comentó que una norma general se justifica porque la elusión viola los principios de equidad tributaria al desplazar la carga hacia los contribuyentes que actúan correctamente.
"La elusión torna nuestro sistema más inequitativo porque quienes tienen recursos para financiar planificaciones tributarias agresivas, terminan pagando, no sólo menos impuesto del que en derecho les corresponde, sino además menos impuestos que el resto de los contribuyentes", aseguró.
Sobre la aplicación concreta de la norma, Barraza precisó que el principal desafío para el Servicio que dirige consiste en conciliar las legítimas exigencias de una razonable certeza jurídica con las exigencias de una aplicación prudencial de la norma. Agregó que ambas exigencias se cumplen a cabalidad gracias a una serie de medidas adoptadas por el organismo a partir de la mejor experiencia extranjera.
Entre ellas mencionó el establecimiento de la consulta previa respecto de actos, contratos, negocios o actividades económicas que los contribuyentes pongan en conocimiento del Servicio, conforme al nuevo artículo 26 bis del Código Tributario. Como lo dispone el artículo citado, la respuesta tendrá efecto vinculante para el Servicio respecto del consultante y el caso planteado.