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Colusión de papeleras: Con qué métodos se puede compensar a los consumidores

El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) ofició el lunes a CMPC y a la sueca SCA debido al ilícito por fijación de precios que ambas firmas protagonizaron por una década.

03 de Noviembre de 2015 | 07:03 | Por Alfonso González, Emol
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Pablo Sanhueza, El Mercurio
SANTIAGO.- El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) ofició a CMPC y a la sueca SCA debido a la colusión que ambas firmas protagonizaron por una década y que fue revelada por la Fiscalía Nacional Económica.

Junto con ello, el organismo espera que ambas firmas papeleras entreguen, de manera voluntaria, un plan compensatorio para los consumidores afectados.

De no ser así, los afectados pueden acogerse bajo la ley de protección al consumidor la que da mayores herramientas a la justicia, por lo que se podría obtener una indemnización de perjuicios más rápida.

Básicamente, esta última normativa ofrece la posibilidad de reclamar y obtener una indemnización en dinero, debido a que el consumidor tiene bastantes más argumentos para obtener algún tipo de compensación.

"La ley del consumidor en los juicios colectivos se le dan herramientas bastantes amplias a los jueces para establecer las modalidades de compensación a los consumidores", asegura Nicolás Rojas, académico del Centro de Regulación y Competencia, de la Universidad de Chile.

En ese sentido, ¿Cuáles con las formas para compensar a los afectados?

Cupones de descuento


Una forma podría ser otorgar cupones de descuento a grupos de consumidores afectados que los puedan hacer valer en cualquier momento, comenta Rojas.

Para Mariana Castro, experta del centro de Libre Competencia de la Universidad Católica, en caso de esta opción deberían ser cupones de descuento por un periodo determinado, porque las promociones sí están permitidas en la ley. "Si tu lo asimilas a una promoción o un a descuento que tú puedas tener durante un periodo determinado, tres o cuatro meses, pero no de manera permanente como una rebaja en la que se altera el precio, desde ese punto de vista me parece una buena solución".

Rebajar los precios de los productos


Otra forma sería una rebaja de precios de los productos, pero que según Rojas, "es muy difícil en la práctica". "Esto porque lo que define el precio de un producto en un mercado competitivo es la oferta y la demanda, o sea no es un precio que depende los costos. Si los precios del mercado les bajo un 10%, qué pasa con las empresas que no estuvieron coludidas, no venderán nada, las podrían estar perjudicando. Por lo tanto, los efectos que podrían tener este tipo de práctica son muy distintos".

Una opinión similar tiene la académica, quien se muestra en contra de este tipo de medidas compensatorias, debido a que "no me parece una fórmula razonable, ni que sea viable la forma en que se pudiera alterar el kilo de pollo (en el caso) de manera permanente. Entonces qué hacen, fijar el precio y estaríamos de nuevo incurriendo nuevamente en una conducta del tipo colusoria ampara por la autoridad. Igualmente se puede distorsionar el mercado, lo mismo ocurría en el caso de confort".

Indemnización directa


Una tercera vía sería la indemnización directamente. "Ahí el problema es determinar quién es el dañado, si el consumidor o minoristas". Estos últimos también podrían considerar que sufrieron perjuicios, explica Rojas.

"Tenemos un cartel confeso por 10 años, prácticamente todos los consumidores chilenos debemos haber adquirido esos bienes. Descartando que las personas tienen las boletas de las compras, y usando todos los mecanismos que tengas, igual no podrás identificar todas las transacciones que se hicieron . Uno no sólo compra en supermercados, sino también en almacenes. Cómo repartimos una indemnización entre todos, es muy difícil", concluye el abogado de la Universidad de Chile.
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