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SII recauda US$ 623 millones por declaraciones voluntarias de capitales en el exterior

El Servicio de Impuestos Internos recepcionó y procesó hasta la fecha un total de 2.862 declaraciones por parte de contribuyentes que se han acogido a este sistema de manera voluntaria.

10 de Diciembre de 2015 | 16:43 | Emol
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El Mercurio
SANTIAGO.- Un total de 2.862 declaraciones ha recibido y procesado hasta la fecha el Servicio de Impuestos Internos (SII) por parte de contribuyentes que se han acogido al sistema voluntario y extraordinario de declaración de bienes o rentas que se encuentren en el exterior, que estableció el artículo 24 Transitorio de la Reforma Tributaria.

Los impuestos determinados e ingresados en arcas fiscales por este concepto superan los US$ 623 millones.

La norma está orientada a los contribuyentes domiciliados, residentes, establecidos o constituidos en Chile con anterioridad al 1 de enero de 2014, quienes pueden optar voluntariamente por declarar ante el SII ciertos bienes y rentas que se encuentren en el extranjero o en el país, cuando habiendo estado afectos a impuestos en el país, no hayan sido oportunamente declarados y/o gravados con los tributos correspondientes.

Lo anterior, pagando un impuesto especial de 8%, único y sustitutivo de los demás impuestos que pudieren haber afectado a los bienes o rentas declarados.

Para dar curso al procedimiento, el interesado debe presentar al SII el Formulario N°1920 de Declaración Jurada Extraordinaria de Bienes, Divisas y Rentas, trámite que desde septiembre es posible concretar íntegramente por Internet, utilizando clave secreta y adjuntando los antecedentes de manera remota.

De acuerdo con la Ley 20.780 este mecanismo excepcional se mantendrá vigente hasta el 31 de diciembre próximo, fecha a partir de la cual empezará a regir el régimen obligatorio de declaración de rentas pasivas extranjeras que estableció la misma Ley.

Sin embargo, y dado el alto interés demostrado así como la dificultad manifestada por algunos contribuyentes para reunir toda la información de respaldo antes de esa fecha, el SII permitirá complementar y enviar posteriormente de manera electrónica la documentación de respaldo que los contribuyentes no hayan alcanzado a reunir oportunamente, sólo para los casos que hayan presentado la declaración jurada antes del término del plazo; esto es, el 31 de diciembre próximo.
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