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Corte de Apelaciones confirma multa de $192 millones contra ex ejecutivo de La Polar

Se trata de Pablo Fuenzalida May quien, entre otros delitos, entregó información maliciosamente falsa al mercado.

11 de Enero de 2016 | 12:46 | Emol
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La Segunda
SANTIAGO.- La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó resolución de primera instancia que validó la multa de 7.500 UF ($192.217.500 al cambio actual), aplicada por la Superintendencia de Valores y Seguros al ex gerente corporativo de informática y logística de La Polar, Pablo Fuenzalida May.

En fallo unánime, la duodécima Sala del tribunal de alzada rechazó recurso de casación presentado en contra de la resolución dictada el 23 de marzo de 2015, por el 11° Juzgado Civil de Santiago.

La sentencia del tribunal capitalino concluye que la resolución confirmatoria de la magistrada América Rojas, se dictó sin infracción legal.

"Fuenzalida May fue condenado como cómplice de un delito de entrega de información maliciosamente falsa al mercado, y como autor del delito de uso de información privilegiada, en razón de los mismos hechos que motivaron la aplicación de la multa reclamada en estos autos, documento que no fue objetado ni observado por la apelante", sostiene el fallo.

La resolución agrega que a partir de enero de 2011 y hasta junio de mismo año, "intervino en calidad de cómplice en la elaboración de información falsa, concerniente a la morosidad real de la cartera de créditos, que era indispensable para la confección de los estados financieros de la compañía que serían remitidos a la Superintendencia de Valores y Seguros, incurriendo así en la infracción castigada en el artículo 59 letra a) de la Ley de Mercado de Valores".

"Asimismo -continúa-, el reclamante también reconoció y fue considerado culpable del hecho que estando en conocimiento de información privilegiada en razón del cargo y funciones que desempañaba para la Compañía, relativa a la real situación financiera de esta última producto de la práctica de renegociaciones unilaterales; intervino como autor en sendas ventas de acciones de "La Polar".

A raíz de lo anterior, obtuvo un" beneficio propio indebido, pues la existencia de una morosidad real en la cartera de créditos, significativa y muy superior a la que reflejaban los estados financieros lo que fue divulgada al mercado, le permitió enajenar acciones a un precio superior al que hubiera obtenido si la contraparte de tales operaciones hubiere contado con la misma información".
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