SANTIAGO.- La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) procedió a formular cargos en contra de Celulosa Arauco -propiedad del Grupo Angelini- y Constitución S.A. (Celco), Planta Valdivia tras encontrar diversos incumplimientos luego de fiscalizaciones realizadas desde el año 2013 en adelante.
La compañía es titular del "Proyecto Valdivia Segunda Presentación" y del proyecto "Incorporación de un sistema de filtración por membranas al tratamiento de efluentes y otras mejoras ambientales en Planta Valdivia", ambas ubicadas en el sector de San José de la Mariquina, en la Región de Los Ríos.
Entre los años 2013 y 2015 la SMA fiscalizó este proyecto en conjunto con la Seremi de Salud, Conaf, Sernapesca y SAG. Además, en este proceso sancionatorio se analizaron los autocontroles de la compañía remitidos a la SMA por la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) en relación al cumplimiento del Decreto Supremo N° 90 que regula las descargas de residuos industriales líquidos, para los períodos comprendidos entre enero de 2013 y diciembre de 2014.
Los 11 incumplimientos detectados dicen relación, en su mayoría, con los residuos líquidos industriales (Riles) de la planta: se formuló un cargo gravísimo, por no informar a esta autoridad, de un derrame de licor verde ocurrido el 17 de enero de 2014, encubriendo de paso otra infracción consistente en no haber hecho nada por evitar que dicho derrame llegara a la planta de tratamiento y posterior descarga al río.
La SMA en ese momento recibió una denuncia por muerte masiva de peces en el río Cruces tres días después del mencionado derrame.
Otros cargos se refieren a aspectos tales como no construir una planta de osmosis inversa ni una bocatoma; no implementar un registrador de datos de flujo en la obra de rebalse de aguas lluvias en su patio de maderas; superación de parámetros en sus descargas de Riles, como también no reportar diversos monitoreos con la frecuencia debida; no instalar un sistema lavador de gases (scrubber) en el incinerador de gases no condensables, entre otros.
Las infracciones detectadas por la SMA se clasifican como una gravísima, cinco graves y cinco leves.
La Ley Orgánica de la SMA establece que una infracción gravísima podrá ser objeto de revocación de la RCA, clausura o multa de hasta 10.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA, $539.460 en enero); las infracciones graves podrán ser objeto de revocación de la RCA, clausura o multa de hasta 5.000 UTA; y las infracciones leves podrán ser objeto de amonestación o multa hasta 1.000 UTA.