SANTIAGO.- La Corte Suprema declaró inadmisible recurso de unificación de jurisprudencia presentado en contra de sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta que sancionó a la Minera Escondida por prácticas antisindicales.
En fallo unánime, la Cuarta Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Sergio Muñoz, Ricardo Blanco, Gloria Ana Chevesich, Andrea Muñoz y Carlos Cerda- confirmó la resolución recurrida que sancionó a la empresa minera por enviar cartas y comunicados a los trabajadores de sindicato que participaron en una huelga, en septiembre de 2014.
Se realizaron "llamadas telefónicas a trabajadores, cónyuges y familiares con amenazas precisas y concretas de despido, pérdidas de beneficios, bloqueos de beneficios de salud y la circunstancia que supervisores de la empresa acosaran de modo permanente, hostil y constante a objeto de deponer el movimiento, no fueron establecidos como hechos de la causa por falta de prueba; razón por la cual se desestimó la demanda y, consecuentemente, se rechazó el recurso de nulidad", aseguró el fallo.
Y agrega que: "como se observa, la resolución que se cita como contraste no contiene un pronunciamiento de fondo, precisamente por falta de prueba de los presupuestos fácticos invocados en la denuncia de prácticas antisindicales, cuestión que, a juicio de esta Corte, no la hace homologable para los fines de este recurso".