El Gobierno ya se prepara para defender la reforma ante el TC.
El Mercurio
SANTIAGO.- Tras una larga discusión de más de un año, en la tarde de ayer fue despachada del Congreso la reforma laboral.
Sin embargo, su promulgación quedará en suspenso luego que 13 senadores de Chile Vamos junto a Lily Pérez (Amplitud) ingresaran un requerimiento ante el Tribunal Constitucional (TC) para impugnar cuatro normas del proyecto.
La acción se concretó inmediatamente después de la aprobación de la iniciativa, que fue por 23 votos a favor y 15 en contra. A continuación los aspectos que el TC deberá zanjar.
Titularidad sindical
La reforma laboral establece que el sindicato será siempre el principal actor de la negociación colectiva, terminando con "grupos negociadores" en empresas con sindicatos. Para declararlo inconstitucional, el requerimiento argumenta que el derecho a negociar colectivamente "es de los trabajadores" y no solo del sindicato, según dice la Constitución. Además, se extiende una revisión de las conclusiones de expertos que afirman que el propósito de la Carta Fundamental fue dejar abierta la posibilidad de negociar a sindicatos y a grupos. Asimismo, se indica que con el proyecto se viola el principio de igualdad ante la ley al establecer que cuando no hay sindicatos los grupos pueden negociar, pero sin huelga ni fuero.
Extensión de beneficios
La norma aprobada entrega al sindicato la prerrogativa de extender o no los beneficios de la negociación colectiva a los trabajadores no sindicalizados. Para la oposición, esto es interpretado como un mecanismo encubierto de sindicalización obligatoria. En el requerimiento se explica la inconstitucionalidad "por partida doble". Primero, se indica que es inconstitucional que la extensión sea "vía afiliación al sindicato", ya que, se señala, "vulnera" la garantía constitucional de la libertad sindical. En este punto, el documento trae la opinión del experto laboralista DC Marcelo Albornoz, que ha sostenido que la norma es una "afiliación forzada encubierta". Por otro lado, se cuestiona que el proyecto "violenta" la "libertad de contratación" garantizada por la Carta Fundamental al establecer la práctica antisindical que prohíbe a un trabajador no sindicalizado negociar individualmente sus remuneraciones con el empleador, si ello es igual o mayor a lo obtenido por el sindicato.
Sindicato interempresas
La reforma establece que para los empleadores será obligatorio negociar con los sindicatos interempresas (aquellos que agrupan a trabajadores de dos o más empleadores distintos), si estas son medianas o grandes. En el caso de las micro y pequeñas empresas, será voluntario, lo que, según el requerimiento, choca contra el principio de "igualdad ante la ley". Además, el argumento de la oposición asegura que la voluntad de la Constitución es que la negociación sea "con" la empresa, es decir, dentro de la empresa, prohibiendo todo tipo de negociación ramal. Según plantea el argumento de la oposición, la negociación interempresas superaría a la empresa bajo dos premisas: cuando se obliga a negociar a más de una empresa, y cuando en la negociación participan trabajadores que no pertenecen a la empresa con la que se negocia.
Derecho a la información
La reforma le entrega al sindicato la posibilidad de acceder a las planillas de sueldos o de beneficios entregados a sus afiliados.
La solicitud de la oposición asegura que con esta norma se vulneran los derechos de privacidad que establece la Constitución y que, según se afirma en el texto, hasta ahora era resguardado en el Código del Trabajo.