SANTIAGO.- Tras un acuerdo conciliatorio con el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), Banco Consorcio se comprometió a eliminar de sus contratos de adhesión una serie de cláusulas abusivas que le facultaban para aplicar cobros indebidos a los consumidores que mantenían créditos hipotecarios.
A través de estas cláusulas, la entidad financiera establecía que los consumidores debían pagar sus dividendos en un plazo que iba entre los días 1 a 10 de cada mes, pero si se atrasaban, les cobraba intereses moratorios a partir del día 1 y no desde el 11, como debía ser.
Asimismo, Banco Consorcio les cobraba a los usuarios gastos de cobranza extrajudicial por períodos no permitidos por la Ley de Protección del Consumidor (LPC). Por ejemplo, cuando se producía una mora, la empresa cobraba a partir del primer día de plazo de pago, y no desde que vencía el plazo según la normativa.
Ante este escenario y luego de no lograr un acuerdo en el marco de una mediación colectiva, el Sernac demandó colectivamente al Banco Consorcio a principios de abril del año 2015.
En el marco de este proceso judicial, y luego de un acuerdo conciliatorio, la entidad financiera acogió las exigencias del Servicio, obligándose a eliminar aquellas cláusulas que le facultaban aplicar los cobros de intereses moratorios y gastos de cobranzas extrajudiciales.
Además, le entidad bancaria compensará a los cerca de 1.500 consumidores que se vieron afectados por los cobros.
Cabe recordar que el organismo mantiene una demanda colectiva en tramitación en contra de Banco Santander por esta misma práctica, y además realizó mediaciones colectivas con otras cinco instituciones bancarias (Banco Bice, Corpbanca, Banco Itaú, Banco Internacional y BancoEstado), las cuales ajustaron sus contratos a los estándares exigidos por el Servicio.