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Tribunal Constitucional decide hoy si acoge a trámite requerimiento por reforma laboral

Son cuatro los puntos que fueron cuestionados por senadores de Chile Vamos y Amplitud, que corresponden a las áreas más discutidas tanto en el Congreso como en el mundo empresarial.

14 de Abril de 2016 | 09:43 | Emol
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Senadores entregaron el requerimiento al TC el jueves 7 de abril.

El Mercurio
SANTIAGO.- Este jueves, el Tribunal Constitucional anunciará si acoge el requerimiento presentado por parlamentarios de la oposición respecto a la Reforma Laboral, que la semana pasada fue despachada por el Congreso.

Son cuatro los puntos que fueron cuestionados por senadores de Chile Vamos y Amplitud, que corresponden a las áreas más discutidas tanto en las Cámaras como en el mundo empresarial.

Titularidad sindical

Este punto establece que los sindicatos de trabajadores serán siempre los principales actores de la negociación colectiva, terminando con los "grupos negociadores".

Para declararlo inconstitucional, el requerimiento argumenta que el derecho a negociar colectivamente "es de los trabajadores" y no sólo del sindicato, según dice la Constitución.

Además, se extiende una revisión de las conclusiones de expertos que afirman que el propósito de la Carta Fundamental fue dejar abierta la posibilidad de negociar a sindicatos y a grupos.

También se indica que con el proyecto se viola el principio de igualdad ante la ley al establecer que cuando no hay sindicatos los grupos pueden negociar, pero sin huelga ni fuero.

Extensión de beneficios

La norma aprobada entrega al sindicato la prerrogativa de extender o no los beneficios de la negociación colectiva a los trabajadores no sindicalizados. Para la oposición, esto es interpretado como un mecanismo encubierto de sindicalización obligatoria y que vulnera la libertad sindical.

Además, se cuestiona que el proyecto "violenta" la "libertad de contratación" garantizada por la Constituciona al establecer la práctica antisindical que prohíbe a un trabajador no sindicalizado negociar individualmente sus remuneraciones con el empleador, si ello es igual o mayor a lo obtenido por el sindicato.

Sindicato interempresas

La reforma establece que para los empleadores será obligatorio negociar con los sindicatos interempresas -que son aquellos que agrupan a trabajadores de dos o más empleadores distintos-, si estas son medianas o grandes. En el caso de las micro y pequeñas empresas, será voluntario, lo que estaría en contraposición con el principio de "igualdad ante la ley".

Además, el argumento de la oposición asegura que la voluntad de la Constitución es que la negociación sea "con" la empresa, es decir, dentro de la empresa, prohibiendo todo tipo de negociación ramal.

Según plantea el argumento de la oposición, la negociación interempresas superaría a la empresa bajo dos premisas: cuando se obliga a negociar a más de una empresa y cuando en la negociación participan trabajadores que no pertenecen a la empresa con la que se negocia.

Derecho a la información

La reforma le entrega al sindicato la posibilidad de acceder a las planillas de sueldos o de beneficios entregados a sus afiliados.

La solicitud de la oposición asegura que con esta norma se vulneran los derechos de privacidad que establece la Constitución y que, según se afirma en el texto, hasta ahora era resguardado en el Código del Trabajo.

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