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¿Hay o no "ley seca" por el Censo? Las dudas sobre la venta de alcohol ante el feriado

Desde el INE y la Dirección del Trabajo despejaron todas las dudas que surgieron a partir de este feriado irrenunciable "reforzado" sobre el expendio de bebidas alcohólicas.

18 de Abril de 2017 | 11:43 | Emol
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SANTIAGO.- Más dudas que certezas habían respecto de la venta del alcohol durante el proceso del Censo, que se realizará en todo Chile este 19 de abril.

Por ley, el día en que se realice el Censo será feriado obligatorio e irrenunciable para los dependientes de los malls, centros comerciales, grandes tiendas, discotecas, pubs, cabarets, casinos de juego u otros lugares de juego autorizado, bares, clubes, restaurantes, supermercados, rotiserías, panaderías y, en general, para todo dependiente que preste servicios en el comercio de bienes y productos alimenticios, cualquiera sea el tamaño de la empresa donde desempeñen sus funciones.

Para esta ocasión quedan exceptuados de la prohibición los establecimientos que expendan combustibles, locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos, farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir con turnos fijados por la autoridad sanitaria, así como cualquier servicio que el Instituto Nacional de Estadísticas haya contratado con ocasión del censo o que sea necesario para su realización. Junto con ellos, los locales atendidos por sus dueños.

¿Hay o no ley seca?

A raíz de que será un feriado obligatorio e irrenunciable "reforzado" este miércoles, se generaron dudas si en este asueto legal correría la prohibición de venta de alcohol, similar a como ocurre cuando hay elecciones.

Desde el INE y la Dirección del Trabajo aclararon que para este 19 de abril no hay ley seca, por lo que está autorizada la venta de alcohol, en aquellos locales que sean atendidos por sus propios dueños, que es la excepción que permite la ley de feriado irrenunciable.

Así lo explica a Emol el director nacional del Trabajo, Christian Melis. "Como no hay ley seca, no hay inhibición de vender alcohol ese día, en segundo lugar, laboralmente la ley establece un feriado irrenunciable para los trabajadores que trabajan en el comercio, en consecuencia lo que no puede pasar es que una botillería opere con dependientes, lo que sí podría es que funcione con su propio dueño el día del Censo, en la medida que no tenga a trabajadores (no dependientes) trabajando".

Sobre el horario del comercio, es la "'norma Censo' la que establece una prohibición de funcionamiento entre las 00:00 horas hasta las 20 horas para las actividades de espectáculo, reuniones públicas al aire libre, recintos cubiertos, funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas, y eventos similares a los indicados. Adicionalmente, está la norma general que dice que a las 21 horas del día anterior deben cerrar, algunos que están bajo la ley de turismo pueden cerrar a las 00:00 de la noche y abren a las 06:00 horas de la mañana del día jueves. No es una ley fácil".

Malis enfatizó en que en este feriado irrenunciable no pueden trabajar personas que en otros feriados sí pueden hacerlo, como a diferencia del feriado del 1 de mayo en que personas en restaurantes, pub, cabaret, o cines, se les permite desempeñarse.
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