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SQM revela detalles del contrato de Julio Ponce Lerou: Será por 1 año renovable y con obligaciones éticas

La minera respondió a un oficio que le envió la Comisión para el Mercado Financiero, consultando por la vinculación de los hermanos Ponce Lerou.

07 de Junio de 2018 | 14:05 | ValorFuturo
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El Mercurio
SANTIAGO.- La Sociedad Química y Minera (SQM) respondió a un oficio enviado por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), entregando detalles de la contratación de los hermanos Ponce Lerou como asesores de la compañía.

En primer lugar, la empresa detalla que Julio Ponce Lerou, uno de los mayores accionistas de la firma, fue contratado como "asesor externo de operaciones y de estrategia de la Sociedad", señalando que su asesoría "se concentrará en la evaluación de los procesos químicos existentes y futuros, la producción de productos, nuevos proyectos, innovación y desarrollo, entre otros".

En cuanto a Eugenio Ponce, el contrato lo establece "como asesor comercial y estratégico de la Sociedad, asesoría que se concentrará en la evaluación de acciones estratégicas de mediano y largo plazo, prestación de asesoría en potenciales adquisiciones y ventas de activos y la creación de otro tipo de asociaciones, entre otras".

Entre las razones que esgrimió la compañía para justificar estas vinculaciones la experiencia de más de 20 años que tienen los hermanos Ponce en la industria, tras haber desempeñado roles ejecutivos y ex presidentes del directorio de SQM.

De acuerdo a la firma, el plazo de sus contratos es por un año renovable automáticamente, a menos que cualquiera de las partes comunique a la otra su interés de ponerle término con al menos 30 días corridos de anticipación.

Asimismo, SQM detalla que los contratos contienen una serie de condiciones que deben ser cumplidas por las partes, entre las que se incluyen:

"Estrictas obligaciones de confidencialidad; propiedad de la Sociedad respecto de informes, estudios y todo el material que se produzca con motivo de la ejecución del contrato; obligaciones de indemnidad del consultor para con la Sociedad; y prohibición para solicitar permisos, tramitar solicitudes o realizar ante entidades públicas o gubernamentales, cualquier tipo de gestión en nombre o representación de la Sociedad o cualquiera de sus filiales o coligadas".

Por último, sostiene que también se incluyen "obligaciones de cumplir con el Código de Ética y la Política de Cumplimiento anti soborno y corrupción de la sociedad y de cumplir con las leyes aplicables, incluyendo leyes anti soborno, sobre lavado de dinero, financiamiento del terrorismo y receptación, contenidas en las leyes de Chile y Estados Unidos sobre prácticas corruptas extranjeras".

El documento fue firmado por el propio presidente del directorio de SQM, Alberto Salas.
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