Aguinaldos en Sudamérica: Cómo es la legislación en Chile y en los países de la región
Mientras en el caso de Chile y Perú sólo está normado para empleados públicos, en el resto de la región priman las normativas que incluyen a los trabajadores del sector privado.
03 de Septiembre de 2018 | 08:20 | Por Equipo Multimedia Emol
Argentina
Normado por: Ley 27.073. Se debe abonar antes del 30 de junio y antes del 18 de diciembre.
Monto: Equivalente al 50% de la mayor remuneración mensual, se toman en cuenta los salarios de enero a junio.
Sueldo mínimo: US$ 936,73
Para trabajadores públicos y privados
Brasil
Normado por: Ley 4.090. Dos pagos entre el 1 de febrero y el 30 de noviembre y desde el 1 al 20 de diciembre.
Monto: Equivale a una doceava parte del total ganado por mes trabajado.
Sueldo mínimo: US$ 382,01 (Rio)
Para trabajadores públicos y privados
Bolivia
Normado por: Ley General de Trabajo; Decreto de Ley No. 229
Monto: Un mes de sueldo y 25 días de salario, respectivamente (por un año de trabajo)
(Total ganado / 12) x (meses trabajados)
Sueldo mínimo: US$ 291,69
Para trabajadores públicos y privados
Chile
Normado por: Ley 20.313
No es obligación para empresas del sector privado
Incluye a empleados del sector público, el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional; y los pensionistas a cargo del Estado.
Monto: equivalente a 15 días del último sueldo percibido en el año.
Sueldo mínimo: US$ 393,87.
No incluye a trabajadores privados.
Colombia
Normado por: artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo Conocido como “Primas” Se debe abonar en dos quincenas, una en junio y otra en diciembre.
Monto: Equivalente al 50% de la remuneración mensual
Sueldo mínimo: US$267,55
Para trabajadores públicos y privados
Ecuador
Normado por: Artículo 111 del Código del Trabajo
Se entrega para Navidad
Monto: Equivale a la doceava parte del sueldo por mes de trabajo
Para trabajadores públicos y privados
Sueldo mínimo: US$ 434,85
Paraguay
Normado por: Artículo 243 del Código Laboral
Monto: la doceava parte de las remuneraciones otorgadas durante el año
Para todos los trabajadores
Sueldo mínimo: US$ 364,96
Perú
Normado por: Ley general del trabajo.
Monto: 300 soles
Sueldo mínimo: US$ 258,30
Para trabajadores del sector público
Uruguay
Normado por: Decreto Ley Nº 14.525
Monto: Doceava parte del total de sueldos o salarios abonados por el patrono en los doce meses anteriores al primero de diciembre de cada año.
Sueldo mínimo: US$ 628,12
Para trabajadores públicos y privados
Venezuela
Normado por: Ley Orgánica del Trabajo- Artículos 174 al 184
Monto: 15% de los beneficios líquidos que hubieren obtenido al fin de su ejercicio anual
Sueldo mínimo: US$ 32 (cifra de julio de 2018, calculado con tasa de cambio Dicom. Utilizando el cambio del mercado paralelo, equivale a 0,89 dólares aprox.)
No incluye a empresas sin fines de lucro
Infografía: David Navarro, Emol | Contenido: Thomas Heselaars, Emol | Fuentes: Legislaciones de cada país / Doing Business - Labor Market Regulation