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Entra en vigencia Ley que otorga mayores facultades al Sernac: Conoce los principales cambios que contempla la normativa

El ministro de Economía dijo que el Gobierno tiene "una agenda completa de protección de los consumidores" y que las nuevas atribuciones que le permitirán al organismo disuadir a las empresas de las malas prácticas.

14 de Marzo de 2019 | 15:27 | Por José Joaquín Durán, Emol
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La Segunda
SANTIAGO.- Hoy entró en vigencia la ley 21.081, normativa que le entrega nuevas facultades al Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) y, en el marco de una actividad realizada en el Paseo Bulnes, el ministro de Economía, José Ramón Valente, y el director del Sernac, Lucas Del Villar, se refirieron a la normativa.

"Tenemos una agenda completa de protección de los consumidores que ciertamente incluye la implementación de la Ley Sernac, pero también incluye el proyecto proconsumidor que enviamos hace muy poco al Parlamento", señaló el ministro de Economía.


En relación con las atribuciones que le entrega al Servicio la nueva Ley, Valente sostuvo que "es una ley que le da más facultades al Sernac de fiscalización, le da más facultades para multar aquellas empresas que cometan abusos, le da muchas más facultades para generar eventos disuasivos".

Sobre lo anterior, el director del Sernac dijo que el organismo "no solamente va a poder prevenir y constatar infracciones para su denuncia, y precisamente que se apliquen multan que están incrementadas hasta seis veces, sino que va a poder además solicitar la comparecencia obligatoria de representantes legales de empresas, solicitar registros, antecedentes en forma amplia".

Además, "cuando haya una infracción tan cotidiana como un precio mal puesto, un cobro indebido o derechamente compro un producto que no llega en el plazo comprometido, las multas que hoy superan por poco los $2 millones pueden llegar hasta $14 millones", precisó Del Villar.

¿Cómo serán las demandas colectivas?

El nuevo organismo de protección de los consumidores también considera los Procedimientos Voluntarios Colectivos, que desde hoy resolverán los problemas masivos que afecten a los consumidores.

De esta manera, el proceso colectivo integra compensaciones e indemnizaciones proporcionales al daño, que transcurrirá en un plazo máximo de 3 meses, que son prorrogables por 3 meses más.

Asimismo, las indemnizaciones a los consumidores aumentarán en un 25% cuando existan agravantes, lo que se extiende al daño moral.

¿Indemnizaciones para servicios básicos y de telecomunicaciones?

Con la nueva ley, en caso de que haya una interrupción de los servicios básicos a consumidores habrán compensaciones automáticas, las que serán descontadas en las cuentas futuras, sea por ley especial o del consumidor. Los servicios incluidos son agua, luz, teléfono, gas e internet.

Además, las empresas de telecomunicaciones no podrán vender o condicionar servicios atados u ofertar conjuntas, ahora tendrán que darlos por separado.

¿Qué implica la fiscalización del Sernac?

La nueva normativa contempla que las empresas estarán obligadas a entregar a los fiscalizadores del Sernac toda la información o documento que sean requeridas para garantizar que se respeten los derechos de los consumidores.

El organismo incluso podrá citar a declarar, de forma obligatoria, a los representantes legales, administradores, asesores y dependientes de las empresas.

¿Cómo se garantizarán las fiscalizaciones?

Una de las facultades del nuevo Sernac es que funcionará un plan anual basado en riesgos, que será elaborado según bases de datos para identificar infracciones masivas.

Asimismo, el Servicio incorporará “alertas ciudadanas” para poder determinar posibles áreas que deben ser fiscalizadas.

Si la empresa se niega a una fiscalización de forma injustificada podrá ser sancionada con una multa que llega hasta las 750 UF (cerca de $20,6 millones) y, además, el Sernac podrá pedir el auxilio de la fuerza pública para ingresar a un inmueble, esto último con autorización previa de un tribunal.

¿Cómo procederán las multas a las empresas?

De acuerdo con la nueva normativa, la justicia determinará el máximo de las multas, que van entre 300 UF (aproximadamente $8,2 millones) y 750 UF, según el escenario, si la empresa tiene antecedentes previos de cometer la misma practica sancionada dentro de un periodo de 2 años, si ha causado daño económico grave y si ha puesto en riesgo la seguridad de los consumidores, entre otros.

Pero, el juez podrá rebajar el monto del castigo a la compañía si esta ha tomado medidas para disminuir el daño, si se ha autodenunciado y si tiene buena conducta anterior, entre otros.

¿El Sernac podrá proponer nuevas medidas?

La Ley que entró hoy en vigencia, le permitirá al Sernac interpretar administrativamente las normativas de protección del consumidor y establecer medidas para cada mercado.

En caso de que lo anterior sea insuficiente, el organismo tendrá la posibilidad de proponerle al Ejecutivo un cambio de las disposiciones legales.
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