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Desde sueldos, hasta autos y computadores: Las 16 medidas de austeridad que ordenó el Gobierno a todas sus reparticiones

El segundo paquete económico presentado por el Ejecutivo para hacer frente al covid-19 considera que US$2.000 millones serán financiados "con recortes y una reasignación significativa del presupuesto público". La única cartera no sujeta a estas medidas es la de Salud.

10 de Abril de 2020 | 18:04 | Por Patricia Marchetti Michels, Emol
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Imagen del día miércoles 8 de abril, cuando el Gobierno anunció el segundo paquete de medidas económicas para enfrentar el coronavirus.

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SANTIAGO.- "Como Gobierno tenemos un diagnóstico y tenemos un plan", dijo el ministro de Hacienda, Ignacio Briones, el miércoles, después de que desde La Moneda se anunciara un segundo paquete de medidas económicas con el fin de ayudar a pymes, familias y trabajadores que se han visto perjudicados con la pandemia del coronavirus.

Así, el nuevo plan considera recursos por US$5.000 millones, de los cuales US$2.000 serán financiados "con un recorte o una reasignación significativa del presupuesto público", dijo Briones y agregó: "Quiero ser claro, nuestro presupuesto en estos meses, en este año, es un presupuesto de pandemia".


En ese momento, el economista esbozó a grandes rasgos los principales puntos de la estrategia: "Estamos congelando cualquier contratación en el sector público, estamos congelando cualquier aumento de sueldo o aumento de grado, estamos congelando la compra de vehículos, de mobiliaria, estamos reasignando recursos de programar que van a tener dificultades para ejecutarse, en fin, una serie de medidas que implican esfuerzos importantes".

Y respecto a dicho plan de austeridad fiscal se refirió este viernes el ministro del Interior, Gonzalo Blumel, quien enfatizó que dichas reasignaciones significan "una medida compleja, difícil, pero es absolutamente necesaria".

"El país está enfrentando restricciones muy severas y por ello es absolutamente necesario que todos hagamos un esfuerzo de austeridad para poder disponer mayores recursos para quienes más lo necesitan", dijo el secretario de Estado en La Moneda.

"Es de toda justicia hacer un esfuerzo de austeridad en el sector público para apoyar a los que más lo necesitan"

Gonzalo Blumel

Así, Emol revisó al instructivo que envió este jueves el Ministerio de Hacienda a 196 reparticiones del Estado, entre las que destacan todos los ministerios -salvo el de Salud-, las subsecretarías, gobiernos regionales, servicios varios, Gendarmería, Carabineros, la Agencia Nacional de Inteligencia, Serviu de todas las regiones , superintendencias, entre otros.

En el documento de cinco páginas, y firmado por el ministro Briones y el director de Presupuestos, Matías Acevedo, se establecen 16 "instrucciones de austeridad y eficiencia en la utilización de los recursos públicos a los servicios y empresas públicas". Todo, ante la emergencia sanitaria producto del coronavirus.

Revisa a continuación el detalle del instructivo de austeridad y eficiencia del Gobierno:

1.- Se prohíben nuevas contrataciones

"Se suspende, a contar del 8 de abril de 2020, toda nueva contratación de personal por parte de los Ministerios y Servicios", ordena el oficio. Así, agrega, "sólo se autorizarán las contrataciones que se encuentren con procesos en curso, formalmente ingresados ante la Contraloría General de la República".

De acuerdo al portal empleospublicos.cl, de las 109 convocatorias que hoy existen para postular a un cargo en el Estado, todas están ligadas al área de la salud


Sin embargo, explica el documento, "lo anterior es sin perjuicio de las facultades excepcionales de contratación que las leyes confieren para los servicios que deben hacer frente a la emergencia. Respecto de estos últimos, el ejercicio de estas potestades extraordinarias debe efectuarse en forma compatible con el imperativo legal de hacer el mejor uso posible de los recursos fiscales en el actual contexto de austeridad".

2.- No habrán aumentos de sueldos

"Se suspende, a contar del 9 de abril, los mejoramientos de remuneraciones al personal, en lo que resta del año, incluidos aquellos autorizados en los planes de contratación a que se refiere el artículo 28 de la Ley 21.192, salvo que estos ya se hubiesen materializado".

3.- Se cancelas los reemplazos

"Se suspende la incorporación de nuevos funcionarios para hacer uso de cargos que hubiesen quedado vacantes producto de personal que se haya acogido a retiro. Del mismo modo, se suspende la contratación de personal que reemplace a funcionarios que se encuentren imposibilitados para desempeñar sus cargos por un periodo superior a treinta días corridos, cuando no correspondan licencias maternales y/o enfermedad grave de hijo menor de un año".

4.- Horas extraordinarias se "pagarán" con tiempo de descanso

"Las horas extraordinarias efectuadas por el personal, autorizadas previamente de conformidad a la notmativa vigente, sólo podrán compensarse con tiempo de descanso complementario".

Sin embargo, se puntualiza que "excepcionalmente y en casos debidamente calificados por el jefe de servicio, los servicios públicos podrán disponer el pago de hasta el 10% del saldo remanente de horas extraordinarias".

5.- Viajes fuera de Chile sólo en categoría turista

"A contar de esta fecha se suspenderán todos los viajes al extranjero que irroguen gasto fiscal, salvo aquellos ineludibles del Ministerio de Relaciones Exteriores", estableció Hacienda. Asimismo, "todos los viajes al exterior que deban realizarse durante el presente año, deberán, incluidas las autoridades, realizarse en categoría turista".

6.- Viáticos

"Las comisiones de servicio y/o cometidos funcionarios que importen el pago de viáticos deberán ajustarse al mínimo necesario que las actividades de fiscalización y prestación de servicios requiera". Así, cada subsecretaría de cada cartera deberá autorizar los programas de viáticos e informarlo a la Dirección de Presupuestos, debiendo propender a no incurrir en dichos gastos.

7.- Gastos en bienes y servicios de consumo

"Deberán extremarse las medidas para ahorrar recursos en bienes y servicios de consumo, tales como mantenciones de dependencias, suscripciones, telefonía, banda ancha, papelería, folletería, etc., generando un mayor grado de eficiencia permanente".

8.- Gastos en representación, protocolo y ceremonial

Estos gastos "Deben reducirse a lo mínimo posible por parte de ministerios y servicios. Las autoridades deberán propender a no realizar invitaciones que impliquen desembolsar este tipo de gasto". Asimismo, se establece que este año "las instituciones públicas no podrán realizar celebraciones generales, ni aniversarios que impliquen desembolsar gasto fiscal".

En esa línea, "se suspenden todas las autorizaciones para arriendo de infraestructura para actividades institucionales" y la cuenta pública de cada servicio deberá realizarse a través de medios electrónicos sin incurrir en gasto alguno.

9.- Compras de activos no financieros

"Deberán reducirse al mínimo las compras de activos financieros, limitándose estas al pago de licencias y contratos de arrastre con pagos obligados, así como las compras de terrenos para la construcción de viviendas sociales". De igual forma, durante 2020 no serán renovados los vehículos que se utilicen para el traslado de autoridades, ministros, subsecretarios, jefes de servicios e intendentes, así como sus autos de respaldo.

10.- Compras de computadores, equipos y servicios de telefonía celular

"A contar de esta fecha se suspenderán las autorizaciones para adquirir toda clase de computadores, equipos y servicios de telefonía móvil, limitándose únicamente a los estrictamente necesarios para enfrentar la emergencia y a los indispensables para el funcionamiento del servicio".

11.- Arriendos de inmuebles

"Se suspenderán las autorizaciones para celebrar nuevos contratos de arriendo de inmuebles, limitándose estos únicamente a los indispensables para el funcionamiento del servicio". En caso de término o renovación de contratos vigentes, deberá solicitarse la autorización correspondiente, buscando alternativas que impliquen mejores términos comerciales y eficientes en el uso de los recursos públicos.

12.- Compras y contrataciones con motivo de la crisis sanitaria

En este punto se establece que tanto los ministerios como los servicios deberán tomar las precauciones necesarias para asegurar un precio justo y el cumplimiento normativo en la adquisición de bienes y servicios que sean necesarios para realizar actividades o tomar medidas relacionadas a la actual crisis y sus consecuencias sociales y económicas.

13.- Reintegros saldos de caja

"Los ministerios y servicios públicos deben apoyar el manejo eficiente de la caja fiscal, reduciendo sus saldos en cuenta corriente sólo a los montos necesarios para dar cumplimiento a sus obligaciones más inmediatas". Así, la Dipres, las carteras y servicios deberán realizar programaciones de caja que permitan cumplir cabalmente este concepto de eficiencia.

14.- Pago centralizado y transferencias electrónicas

La Dipres informó sobre la implementación de un sistema de pago de facturas electrónicas a través de la Tesorería General de la República. Así, las reparticiones del Estado deberán implementar dicho sistema. Además, los pagos a proveedores deberán realizarse median trransferencia.

15.- Transferencias con o sin convenio

"Tratándose de transferencias, estén o no amparadas en un convenio, salvo autorización expresa de la DIpres, no podrán girarse anticipos sin que medie la rendición efectiva aprobada de uno anterior y, en cualquier caso, montos que no puedan rendirse en este año presupuestario".

16.- Vigencia

Por último, el oficio indica que "las presentes instrucciones se mantendrán vigentes mientras sean necesarias y no se deroguen expresamente. Asimismo, mantendrán su vigencia, en lo pertinente, las instrucciones impartidas por el Presidente de la Rpública y el ministro de Hacienda, contenidas en el GAB. PRES N°002, de 2019".
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