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Gobierno ingresa proyecto que apunta a flexibilizar proceso de emisión de deuda de grandes empresas ante crisis

La iniciativa, que ingresó por el Senado con suma urgencia, además amplía el espectro de las inversiones de las AFP, y flexibiliza en compañías de seguros.

04 de Junio de 2020 | 18:33 | Por A. González, Emol
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Reuters
Luego que el Gobierno anunciara que enviaría al Congreso un proyecto de ley que permita mecanismo de ayuda a las grandes empresas para hacer frente a los efectos económicos de la crisis sanitaria, este jueves el Ministerio de Hacienda ingresó una iniciativa que apunta a darle un mayor acceso al mercado financiero, amplía el espectro de las inversiones de los fondos de pensiones, y flexibiliza requisitos para compañías de seguros.

Mayor acceso al mercado financiero de empresas

Para esto, el proyecto propone cambios a las leyes 18.045 (de Mercado de Valores) y 18.046 (de sociedades anónimas). Esto con el objeto de reducir los tiempos al proceso de inscripción del valor en el Registro de Valores, y se establece una modalidad de registro automático que permite acortar el plazo de inscripción de máximos de 90 días que conlleva el proceso actual a sólo 1 día.


Además, para permitir que el proceso de clasificación de riesgo pueda ser realizado de manera paralela con el proceso de estructuración, se elimina la exigencia de contar con la clasificación al momento de inscripción. Notar que de todas maneras necesitará clasificación de riesgo, pero al momento de la colocación. Asimismo, se acorta desde 15 a 10 días el período mínimo entre la comunicación al accionista del hecho que se realizará la junta y la realización de la junta.

Por último, y para agilizar el proceso de emisión de deuda convertible en acciones, se permite el derecho a renuncia de la opción preferente en la misma junta de accionistas en que se acuerde la emisión valores convertibles en acciones. Con esto se acorta el periodo de emisión aproximadamente en 35 días.

Inversiones fondos de pensiones

La iniciativa, ingresada en el Senado con suma urgencia, modifica el DL N° 3.500 (Decreto Ley que establece el sistema de pensiones), para ampliar el espectro de inversiones de los fondos de pensiones, permitiendo que puedan transar títulos de deuda no inscritos en el Registro que lleva la Comisión para el Mercado Financiero, en bolsas de valores nacionales siempre que el emisor de tales valores se encuentre inscrito. Estas transacciones deberán ajustarse a las condiciones que establezca la CMF mediante una Norma de Carácter General.

Asimismo, se amplía el límite máximo de inversión en activos alternativos, establecido por el Banco Central, pasando de un 15% a un 20%.

Compañías de seguros

El tercer eje de la iniciativa del Ejecutivo apunta a flexibilizar requisitos para las compañías aseguradoras, a través de cambios al DFL N° 251. Estas modificaciones supeditan las disminuciones de capital y el reparto de dividendos de las compañías de seguro al cumplimiento de requerimientos patrimoniales y de solvencia.

También se entrega flexibilidad a la CMF para determinar el límite máximo de endeudamiento financiero de las compañías de seguro dentro de un rango determinado, dejándose un mínimo de una vez el patrimonio, existente actualmente, y un máximo de una vez y media el patrimonio.


Otro punto, se modifican normas relativas a la clasificación de riesgo que requieren ciertas inversiones representativas de reserva técnica y patrimonio de riesgo, permitiendo que la determinación de dichas clasificaciones las efectúe la CMF y así permitir la acción de esta última ante contingencias.

Y se modifican las normas aplicables para el tratamiento de excesos, en caso de que se superen los límites establecidos para las inversiones representativas de reserva técnica y patrimonio de riesgo, permitiendo que tales inversiones sigan siendo representativas de reserva técnica y patrimonio de riesgo por un tiempo, en caso que el incumplimiento no sea por causas imputables a la compañía.
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