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CMF sanciona a ex director de Blanco y Negro por vender acciones en conocimiento de información privilegiada

La Comisión para el Mercado Financiero resolvió multar a Paul Fontaine con el pago de casi $60 millones.

18 de Junio de 2020 | 11:38 | Redactado por Patricia Marchetti M., Emol
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Paul Fontaine, economista y ex director de Blanco y Negro S.A..

La Segunda
La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informó este jueves que su Consejo resolvió sancionar al ex director de Blanco y Negro S.A., Paul Fontaine, con una multa de 2.000 UF ($57,4 millones) por infringir el deber de abstención establecido en el artículo 165 de la Ley N° 18.045 de Mercado de Valores.

Según consta en la Resolución N° 3.087, Paul Fontaine, en su calidad de director de Blanco y Negro S.A., enajenó acciones de dicha sociedad estando en conocimiento de los estados financieros al 30 de junio del 2018, aprobados por el Directorio, y que a la fecha de las transacciones no eran de conocimiento público.


De esta manera, Fontaine infringió el deber de abstención, consistente en la prohibición de adquirir o enajenar, para sí o para terceros, directamente o a través de otras personas, los valores sobre los cuales posea información privilegiada.

"La resolución desestimó la intención de hacer de uso de información privilegiada, toda vez que el motivo de la transacción fue la consideración que las acciones ya no eran útiles a efectos de aumentar la posición en el Directorio, explicación que resultó consistente con los demás antecedentes del expediente", indicó la CMF.

Cabe destacar que el artículo 165 de la Ley de Mercado de Valores señala que cualquier persona que en razón de su cargo, posición, actividad o relación con un emisor de valores o con las personas señaladas en el artículo 166 de dicha Ley que posea información privilegiada, deberá guardar reserva y no podrá utilizarla en beneficio propio o ajeno, ni adquirir o enajenar, para sí o para terceros, directamente o a través de otras personas, los valores sobre los cuales posea dicha información.

La resolución de la Comisión señala que "la conducta del sancionado ha de estimarse de extrema gravedad, toda vez que afecta algunos de los bienes jurídicos más preponderantes y celosamente resguardados por la regulación, como son la transparencia y equidad en el mercado de valores, evitando que se realicen operaciones con asimetría de información".
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