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¿Cómo se pagará? ¿en qué plazos? ¿qué es una cuenta dos?: Lo que hay que saber sobre el retiro del 10%

La Cámara de Diputados aprobó hoy las indicaciones del Senado y la iniciativa quedó lista para convertirse en ley.

23 de Julio de 2020 | 17:33 | Por Tomás Molina J., Emol
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Tal y como apuntaban los pronósticos, la Cámara de Diputados aprobó este jueves las indicaciones del Senado y despachó a ley la reforma constitucional que permite a los afiliados retirar voluntariamente el 10% de sus fondos de pensiones desde las AFP.

El proyecto estaría listo para su promulgación, siempre que el Presidente de la República, Sebastián Piñera, no decida vetarlo, o lo lleve ante al Tribunal Constitucional, cuya opción fue descartada por senadores de Chile Vamos.

Carácter universal, libre de impuestos, incluye a pensionados y con un plazo de un año para realizar la solicitud de retiro, son algunas de las características del proyecto. Aquí lo que tienes que saber de la iniciativa:

¿Quiénes podrán concretar el retiro y cuánto se podrá sacar?

El beneficio tiene un carácter universal, es decir, todos los afiliados tendrán derecho a retirar parte de sus fondos de pensiones, incluso las que se encuentran actualmente pensionadas en el sistema de AFP, incluidas aquéllas que sean beneficiarias de una pensión de vejez, de invalidez o sobrevivencia, sin hacer diferencias de ningún tipo por nivel de ingresos. La ley dejó fuera a las personas pensionadas a través de rentas vitalicias, las que son canceladas por las compañías de seguro.

Todos tendrán derecho a sacar el 10% de sus fondos de pensiones, con un mínimo de 35 UF ($1 millón) y un máximo de 150 UF ($4,3 millones).

Aquellos afiliados cuyo 10% de sea inferior a 35 UF, podrán retirar hasta esa cifra, y quienes tengan acumulado menos de $1 millón en sus cuentas de capitalización individual, tendrán la opción de retirar la totalidad de sus fondos. Ambos casos, implicarían que el retiro sea mayor a 10%.

¿Cuándo se podrá solicitar y en qué plazos se pagará?

De acuerdo con el proyecto, los afiliados tendrán un plazo de 365 días después de publicada la reforma constitucional en el Diario Oficial para hacer la solicitud de retiro. Esto, independiente de la vigencia del Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe que rige en el país producto de la pandemia de covid-19.

Los afiliados podrán realizar la solicitud del retiro de fondos en una plataforma con soporte digital, telefónico y presencial que deberán disponer las Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), "asegurando un proceso eficiente y sin demoras", señala el texto del proyecto.


El monto a retirar se pagará en dos cuotas: el 50% (75 UF) en un plazo máximo de diez días hábiles una vez presentada la solicitud ante la respectiva AFP, y la otra mitad en un máximo de 30 días hábiles a contar del desembolso anterior.

¿Cómo se pagará?

Los fondos a retirar se transferirán automáticamente a la "cuenta dos" sin comisión de administración ni costo alguno para el afiliado. O, si la persona así lo determina, tendrá la opción de solicitar que el dinero sea depositado a una cuenta bancaria, de alguna institución financiera o caja de compensación, con hasta dos cuotas de un máximo de 75 UF cada una.

¿Qué es una cuenta dos?

Según estipula la Superintendencia de Pensiones, se trata de una cuenta de ahorro voluntario, que funciona como complemento de la cuenta obligatoria de la AFP, con el objetivo de que sea una fuente de ahorro adicional para los afiliados, diferente al Ahorro Previsional Voluntario (APV).

En la cuenta dos se puede depositar la cantidad de dinero que la persona quiera, en forma regular o no, y puede utilizarlos de la forma que desee. Pueden hacerse hasta 24 retiros anuales.

Si realizo el retiro, ¿podré recibir beneficios estatales para enfrentar el covid-19?

La iniciativa indica que estos retiros serán compatibles con las transferencias directas, beneficios, alternativas de financiamiento y, en general, las medidas económicas que la ley o las disposiciones reglamentarias establezcan a causa de la crisis sanitaria que enfrenta el país.

Asimismo, no podrá considerarse el retiro de fondos para el cálculo de las demás medidas adoptadas en razón de la emergencia.

¿Se pagará algún tipo de impuesto por estos fondos retirados?

Los fondos retirados, según establece la medida, estarán exentos del pago de impuestos, ya que "no constituirán renta o remuneración para ningún efecto legal, serán pagados de forma íntegra y no estarán afectos a comisiones o descuento alguno por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones".

¿Pueden cobrarse deudas por mi fondo retirado?

El proyecto establece que los montos retirados se considerarán "extraordinariamente intangibles" para todo efecto legal, "y no serán objeto de retención, descuento, compensación legal o contractual, embargo o cualquier forma de afectación judicial o administrativa, ni podrá rebajarse del monto ya decretado de la compensación económica en el juicio de divorcio, sin perjuicio de las deudas originadas por obligaciones alimentarias".

¿Se restituirán los fondos retirados?

El proyecto no contempla mecanismo alguno para restituir los fondos que sean retirados por los afiliados para paliar el perjuicio que esto provocaría a las futuras pensiones. La indicación, que creaba un fondo colectivo solidario, que sería financiado por el Estado y empleadores para dicho fin, fue rechazado en la discusión tanto en la Sala de la Cámara con en la del Senado.

Según han argumentado parlamentarios, es probable que una eventual fórmula de restitución sea discutida en el marco del proyecto de reforma de pensiones que se encuentra alojado en la Cámara Alta. Esto, con el objetivo de no "complejizar" el debate referente al retiro del 10%.

¿Qué dicen las AFP?

Según señaló el gerente general de la Asociación de AFP, Fernando Larraín, si bien el retiro se trata de una "mala noticia para las actuales y futuras pensiones", aseguró que las administradoras "pondremos toda nuestra energía para que quienes necesiten retirar parte de sus fondos lo hagan de manera simple, informada y ágil".

Además, pusieron la "alerta porque hemos conocido ya a través de los medios de una serie de correos fraudulentos y de llamados telefónicos de falsos ejecutivos que con el pretexto de facilitar los retiros de fondo están solicitando claves e información confidencial".

Y aseguraron que "las administradoras jamás solicitaran a través de correos o llamados telefónicos las claves o información personal de los afiliados al sistema previsional".
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